SAN, 15 de Junio de 1998

PonenteANGEL NOVOA FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:1998:1941
Número de Recurso3165/1995

SENTENCIA

Madrid, a quince de junio de mil novecientos noventa y ocho.

LA SECCIÓN QUINTA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO DE LA

AUDIENCIA NACIONAL ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contenciosoadministrativo número 3165/1995 interpuesto por D. Pedro, contra resolución

del MINISTERIO DE DEFENSA, y en el que la Administración demandada ha estado representada

y defendida por el Sr. Abogado del Estado; sobre la materia no ampliación de compromiso. Ha sido

Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ÁNGEL NOVOA FERNÁNDEZ quien expresa el parecer de la

Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución 431/09032/92 del Excmo. Sr. Ministro de Defensa de no ampliación de compromiso, baja en el servicio activo y otras peticiones, de 13 de Noviembre de 1995.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar el día once de junio de mil novecientos noventa y ocho.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales, habiéndose tramitado el mismo por el procedimiento especial en materia de personal.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales, habiéndose tramitado el mismo por el procedimiento especial en materia de personal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tratando de sintetizar los hechos y consideraciones objeto de debate, alega el recurrente

D. Pedro, que el 30 de Septiembre de 1989 como consecuencia de las actividades desarrolladas durante el curso de señalador-Guia y del Ejercito GT-II/89, sufrió una lesión, de la que tras varios meses de rehabilitación, el equipo medico que le atendió, diagnosticó inestabilidad rotuliana, considerada como secuela definitiva. En fecha 21 de octubre de 1991 el Tribunal Médico Regional dictamina que tal lesión esta incluida en el Grupo 1, letra G, Nº 1 del vigente Cuadro Médico de Exclusiones, iniciándose el 31 de enero de 1992 expediente de inutilidad fisica por el cauce del Real Decreto 1234/1990, de 11 de Octubre. El 20 de febrero de ese mismo año, se procede a iniciar expediente de rescisión de compromiso por estar incluido el recurrente en el Grupo 1, Letra G, Número 01 del vigente Cuadro de Exclusiones, de acuerdo con el Nº 1, párrafo 1º del artículo 12 del Real Decreto 191/1988, de 11 de Marzo. Por Resolución 431/09032/92 de 1 de Julio de 1992 se publica la baja en el servicio activo en aplicación del articulo 14.1 del Reglamento General de Adquisición y Perdida de la Condición Militar y situaciones Administrativas del Personal Militar Profesional, aprobado por el Real Decreto 1385/1990, de 8 de Noviembre.

Mediante escrito de 10 de Noviembre de 1992, se concluye el expediente de inutilidad fisica, informando el instructor "que la lesión sufrida lo fué en acto de servicio", remitido el expediente a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, comunicándosele a través del Teniente Coronel Jefe de la II Bandera de la Brigada Paracaidista la resolución hoy recurrida y, posteriormente, el 31 de Marzo de 1993" su pase a la situación de reserva mediante la entrega de la cartilla del Servicio Militar". Con fecha 9 de marzo de 1995 se le comunica la resolución del Excmo. Sr. Ministro de Defensa, de 24 de enero de 1995, de "que no procede declarar la inutilidad fisica del actor, toda vez que las secuelas que padece están incluidas en el Nº 1, letra G, del Anexo a la Tabla de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR