Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 24 de Junio de 2011
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Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 24 de Junio de 2011
SENTENCIA
Madrid, a veinticuatro de junio de dos mil once. Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num. 565/10 que ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido Mario en su propio nombre y derecho frente a la Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, contra la Resolución dictada por el Secretario de Estado de Hacienda el día 25 de mayo de 2010 por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios públicos incluidos en el ámbito de la Ley 30/1984 y se congelan y reducen las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Estado. Ha sido Ponente la Magistrado Dª MERCEDES PEDRAZ CALVO. Primero .- El recurrente indicado interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de referencia ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Como quiera que junto a la indicada resolución se impugnaba el Real Decreto-Ley 8/2010 la Sala se declaró incompetente para conocer de dicha parte del recurso. El recurrente indicado interpuso igualmente recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, la cual dictó auto el día 15 de julio de 2010 declarando la inadmisibilidad del recurso por falta de jurisdicción y competencia de la Sala y remitiendo las actuaciones a esta Sala de la Audiencia Nacional. Ante ella comparecieron las partes. Segundo .- En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito de fecha 20 de diciembre de 2010 en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, termino suplicando se dicte sentencia por la que: "se anule y por lo tanto quede sin efecto alguno, nula de pleno derecho la resolución de 25 de mayo de 2010 de la Secretaria de Estado de Hacienda y Presupuestos, acordando por consiguiente para el demandante del presente recurso la liquidación de todos los emolumentos dejados de percibir como consecuencia de la aplicación de dicha resolución impu...Ver el contenido completo de este documento
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