SAN, 22 de Noviembre de 2013

PonenteMERCEDES PEDRAZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2013:5199
Número de Recurso487/2012

SENTENCIA

Madrid, a veintidos de noviembre de dos mil trece.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo núm. 487/2012 que ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido la Procuradora de los Tribunales Sr. Juanas Blanco en nombre y representación de OBRAS SUBTERRÁNEAS S.A. y TECNOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN S.A. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS (TÚNEL DE PIQUERAS UTE) contra la resolución dictada por el Ministerio de Fomento por silencio administrativo frente a la Administración del Estado representada y defendida por el Abogado del Estado, en materia de pago de certificación final de obra del Contrato Túnel del Puerto de Piqueras, con una cuantía de 15.490.327,14 euros.. Ha sido Ponente la Magistrado Dª MERCEDES PEDRAZ CALVO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal indicada se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 31 de julio de 2012 contra la desestimación por silencio administrativo del Ministerio de Fomento de la reclamación de pago de la certificación final de obra del contrato "Túnel del Puerto de Piqueras CN-111 de Madrid a Pamplona y San Sebastián por Medinaceli, puntos kilométricos 260 al 272 Tramo Puerto de Piqueras Provincia de Soria y La Rioja"(numero de expediente 22-SO-2860-54.11/02)

Por Decreto de la Sra. Secretario de esta Sección se acordó admitir a trámite el recurso y reclamar el expediente administrativo.

SEGUNDO

Mediante escrito de 16 de mayo de 2013 la parte actora formalizó la demanda, en la cual, tras exponer los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos terminó suplicando la estimación del recurso y "condene al Ministerio de Fomento al pago de la cantidad de 12.644.544,75 euros correspondiente a la Certificación Final de Obras, más los intereses de demora correspondientes devengados desde el día 6 de febrero de 2009 que deberán ser objeto de liquidación en ejecución de sentencia y que a 31 de diciembre de 2012 ascendían a 4.033.956,20 euros".

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y solicitar se dicte sentencia en cuya virtud "declare la existencia de satisfacción extraprocesal o desestime el recurso por pérdida sobrevenida del objeto del procedimiento en lo que a la pretensión de pago de la certificación final se refiere, y desestime el recurso formulado de contrario en el resto".

CUARTO

El día 16 de julio de 2013 la actora presentó documentación al amparo de lo dispuesto en el art. 56.4 de la ley jurisdiccional .

Las partes, por su orden, presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, para ratificar lo solicitado en los de demanda y contestación a la demanda.

QUINTO

El día 22 de julio de 2013, la actora presentó documento poniendo en conocimiento de la Sala que había recibido un ingreso de la Administración con fecha de valor 16 de julio de 2013, por importe de 5.346.288,05 y "entendemos que se trata del pago de la certificación final de obra reclamada en el presente procedimiento judicial, aunque es cierto que no coinciden las cifras, que asciende a 12.752.349,98 euros, previa sustracción de dos compensaciones de IVA solicitadas y concedidas: (1) de 5.671.940,56 euros correspondientes al IVA de la primera factura de esta obra que se pagó en el año 2008 y (2) de 1.758.944,82 euros correspondientes al IVA de la certificación final.

El día 1 de agosto de 2013 la Sala recibió documentación procedente del Ministerio de Fomento relativa al pago de cantidades a la recurrente, por importe de 12.752.349,96 euros en relación con la certificación final de las obras "Túnel del Puerto de Piqueras CN-111 de Madrid a Pamplona y San Sebastián por Medinaceli, puntos kilométricos 260 al 272 Tramo Puerto de Piqueras Provincia de Soria y La Rioja".

El Abogado del Estado presentó escrito el día 25 de septiembre de 2013 solicitando se tramitase el recurso como una satisfacción extraprocesal de carácter parcial conforme al art. 76 LJCA .

La parte actora presentó escrito el día 11 de octubre de 2013 remitiéndose en su integridad a su escrito de conclusiones.

SEXTO

La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 20 de noviembre de 2013 en que se deliberó y votó habiéndose observado en su tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de contencioso-administrativo la resolución dictada por silencio administrativo del Ministerio de Fomento por la que resolviendo para desestimarla, la reclamación formulada por OBRAS SUBTERRÁNEAS S.A. y TECNOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN S.A. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS (TÚNEL DE PIQUERAS UTE) en relación con el impago de la certificación final de obras de la obra de Variante de Trazado Túnel del Puerto de Piqueras CN 111 de Madrid a Pamplona a su paso por el puerto de Piqueras PK 260 a 272.

SEGUNDO

El examen de las actuaciones pone de relieve los siguientes Hechos que son relevantes para la resolución de este recurso:

-. La interesada solicitó el día 17 de abril de 2009 la compensación del IVA de marzo de 2009 por importe de 1.734.121,35 euros con la certificación final de obra litigiosa.

Se deniega la suspensión de la denegación de la compensación

El TEAC el 4 de octubre de 2010 inadmite la solicitud de suspensión

El TEAC el 2 de...

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