SAN 7/2014, 20 de Enero de 2014

PonenteRICARDO BODAS MARTIN
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2014:6
Número de Recurso256/2013

SENTENCIA

Madrid, a veinte de enero de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento nº 256/13 seguido por demanda de Dª. Zulima, D. Rubén, D. Jose María D. Jesus Miguel D. Alfonso y Dª Carla, D. Carlos ), D. Eladio, Dª Felicidad y D. Germán (letrado D. Gabriel Vázquez Durán) contra BUREAU VERITAS INVERSIONES SL, ECA SAU, BUREAU VERITAS CERTIFICATION HOLDING, S.A.S., BUREAU VERITAS COMERCIO INTERNACIONAL SA, CEPLUS SERVICIOS INTEGRALES SAU, BUREAU VERITAS IBERIA SLU, SERVI CONTROL SLU, BUREAU VERITAS CERTIFICATION SAU, GIMNOT INNOVACIÓN Y SERVICIOS SAU, ECA GLOBAL INVESTMENTS HERITAGES AND ASSETS SLU, INSTITUTO DE LA CALIDAD SAU. ACTIVA INNOVACIÓN Y SERVICIOS SAU, BUREAU VERITAS FORMACIÓN SL (letrada Dª Ana Alos) sobre despido colectivo. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. RICARDO BODAS MARTIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 12-06-2013 se presentó demanda por Dª. Zulima, D. Rubén

, D. Jose María D. Jesus Miguel D. Alfonso y Dª Carla, D. Carlos ), D. Eladio, Dª Felicidad y D. Germán contra BUREAU VERITAS INVERSIONES SL, ECA SAU, BUREAU VERITAS CERTIFICATION HOLDING, S.A.S., BUREAU VERITAS COMERCIO INTERNACIONAL SA, CEPLUS SERVICIOS INTEGRALES SAU, BUREAU VERITAS IBERIA SLU, SERVI CONTROL SLU, BUREAU VERITAS CERTIFICATION SAU, GIMNOT INNOVACIÓN Y SERVICIOS SAU, ECA GLOBAL INVESTMENTS HERITAGES AND ASSETS SLU, INSTITUTO DE LA CALIDAD SAU. ACTIVA INNOVACIÓN Y SERVICIOS SAU, BUREAU VERITAS FORMACIÓN SL en impugnación de despido colectivo.

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 07-01-2014 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosí es de prueba.

Tercero

Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.

Cuarto

- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, por la que se aprobó la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debe destacarse, que las partes debatieron sobre los extremos siguientes:

Dª. Zulima, D. Rubén D. Jose María D. Jesus Miguel D. Alfonso y Dª Carla, D. Carlos ), D. Eladio, Dª Felicidad y D. Germán ratificaron su demanda de impugnación de despido colectivo, mediante la que pretenden se declare la nulidad del despido y subsidiariamente su falta de justificación. Mantuvieron, a estos efectos, que la empresa SERVICONTROL, SAU (SERVICONTROL desde ahora) forma parte un grupo de empresas, cuya sociedad dominante en España es BUREAU VERITAS INVERSIONES, SL (INVERSIONES desde aquí), que reúne todos los requisitos para ser considerado grupo a efectos laborales. - Subrayó, a estos efectos, que SERVICONTROL no tiene autonomía como tal empresa, ni dirección propia, ni organización propia, ni posee tampoco un patrimonio propio.

Centrándose en la unidad de dirección, exigida por la jurisprudencia para considerar la concurrencia de grupo de empresas a efectos laborales, subrayó que INVERSIONES controla el capital social de SERVICONTROL, que se dirige, al igual que las demás empresas del grupo, por un comité de dirección (EXCOM), mediante unos managers o gestores, que pertenecen a la plantilla de ECA ENTIDAD COLABORADORA DE LA ADMINISTRACIÓN, SAU (ECA desde ahora), siendo revelador que los negociadores del despido colectivo por parte de SERVICONTROL formen parte de la plantilla de INVERSIONES y ECA.

Defendieron la concurrencia de funcionamiento unitario, así como la apariencia de unidad externa, puesto que las empresas del grupo se dedican a la certificación de servicios sobre normas de calidad, lo que se hace a través de 8 líneas de negocio, que no son estancas, particularmente entre ECA y SERVICONTROL, quien no tiene instalaciones propias. - La gestión de la empresa se hace mediante manuales y protocolos de actuación, que son comunes a todas las empresas del grupo y se ocupan absolutamente de todas las actividades empresariales: oficinas, evaluación de riesgos, planes de emergencia, utilización común de servicios informáticos, utilización de la marca, etc. por los que se abona un precio (fee) a la empresa INVERSIONES, quien se los reenvía, a su vez a BUREAU VERITAS, SA en Francia.

Sobre la confusión de plantillas denunciaron, que la cabecera del grupo puede disponer libremente de todo el personal de las diferentes empresas, destacando que todo el personal está entremezclado, puesto que comparten espacio de trabajo y prestan servicios indistintos para unas u otras empresas. - Apoyaron especialmente su tesis en que buena parte de los miembros del Comité Ejecutivo han pasado de unas a otras empresas del grupo y señalaron finalmente que el personal de SERVICONTROL es técnico en su inmensa mayoría y son dirigidos por personal de ECA.

Respecto a la confusión patrimonial significaron que se utilizan infraestructuras comunes y se factura en "espejo", sin que SERVICONTROL intervenga de ningún modo en dicho proceso, aun cuando la facturación pudiera hacerse a precios de mercado, lo que no cuestionaron. - Denunciaron, por otra parte, que el grupo funciona mediante un sistema de caja única (cash pooling), por el que INVERSIONES barre diariamente los ingresos de las diferentes empresas del grupo para ingresarlos en una caja común, ocupándose de los gastos de SERVICONTROL hasta en los gastos diarios (caja pequeña). Denunciaron, que la mayor parte de los gatos de SERVICONTROL son por servicios exteriores, que les repercuten las empresas del grupo, ocupándose INVERSIONES de hacerlo llegar a la cabecera francesa del grupo. - Dichos servicios exteriores se denominan Management fees y Franchise fees, sin que medie soporte contractual alguno, lo cual ha supuesto que en 2010 se pagaran 1.045.000 euros por estos conceptos, cuando la facturación de la empresa, que tenía entonces 160 trabajadores, alcanzó la cantidad de 8.390.300 euros, que equivalía al 4% de la facturación del grupo, que ascendió a 215.581.000 euros, mientras que en 2012 con una cifra de negocio de 5.183.000 euros y 64 trabajadores, SERVICONTROL abonó al grupo 1.390.000 euros. - Destacó finalmente que ECA ha absorbido a SERVICONTROL con posterioridad al despido, produciéndose procesos similares en otras empresas del grupo, lo que acredita cumplidamente que su articulación societaria era totalmente artificiosa.

Centrándose en las irregularidades del procedimiento de despido colectivo denunciaron, en primer lugar, que se debió negociar con el empresario real, que era el grupo a efectos laborales y no con SERVICONTROL.

- Denunciaron, por otra parte, que no se les entregaron las cuentas completas de 2012, aunque estaban formuladas antes de iniciarse el despido colectivo y se les ocultó los procesos de fusión, impidiéndoles saber los resultados del grupo cara a los trabajadores mayores de 50 años, por lo que solicitó la nulidad del despido.

Sostuvieron finalmente que no concurrían causa negativa, por cuanto los gastos por servicios exteriores eran los causantes esenciales de los malos resultados de la empresa y debió examinarse la situación del grupo en su conjunto, subrayando, en cualquier caso que, si no se hubieran repercutido unos gastos tan abultados, el resultado habría sido positivo. -Denunciaron, en cualquier caso, que el ajuste ya se hizo en 2011, ya que en 2012 una plantilla de 124 trabajadores se había reducido a 64, lo que supuso que los gastos de personal fueran inferiores proporcionalmente a la cifra de negocios Se opusieron también a la concurrencia de causas organizativas, por cuanto la empresa no les informó jamás sobre la incidencia en el volumen de negocios de los ensayos cualificados, ni precisó por qué era exigible un mayor nivel de cualificación.

Las empresas demandadas se opusieron a la demanda, aunque admitieron la fusión por absorción de SERVICONTROL por ECA y de BV CERTIFICACIÓN por INVERSIONES; BV COMERCIO INTERNACIONAL POR GIMNOT INNOVACIÓN y SERVICIOS, SAU por INTERNACIONAL PROYECT MANAGEMENT BV, SAU.

Subrayaron, que entregaron, al inicio del período de consultas, las cuentas de todas las empresas del grupo, aunque no se dedicaran a la misma actividad que SERVICONTROL, para asegurar la máxima transparencia en el proceso, así como memoria de SERVICONTROL y de las demás empresas del grupo.

Apoyó las causas, alegadas para producir la medida, en que SERVICONTROL redujo un 38% su volumen de negocio, con una facturación de 5 millones de euros, que le han supuesto unas pérdidas de 2 millones de euros. - Destacó, al tiempo, que el grupo en su conjunto redujo su volumen de negocio un 24% y tuvo pérdidas por 34 millones de euros desde 2010 a 2012, lo que ha motivado el despliegue de medidas de flexibilidad externa e interna en las empresas principales del grupo en España, que concluyeron con acuerdo, salvo en SERVICONTROL, cuyos representantes no habrían tenido relevancia en la negociación del despido colectivo, si se hubiera negociado como grupo.

Subrayaron que SERVICONTROL se dedica a la actividad de ensayos no destructivos para asegurar la vida útil de bienes de equipo, utilizando dos modalidades: ensayos convencionales y avanzados, cuyo despliegue exige mayor inversión que los primeros, así como un personal más experto. - Destacaron, que en el mercado hay seis empresas...

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