SAN 19/2008, 5 de Marzo de 2008

PonenteNICOLAS POVEDA PEÑAS
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2008:5559
Número de Recurso6/2006

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN PRIMERA.

ROLLO DE SALA NÚM. 006/2006

SUMARIO NÚM. 029/2004

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5.

ILTMA. SRA. PRESIDENTE.

DOÑA ÁNGELA MURILLO BORDALLO.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON EUSTASIO DE LA FUENTE GONZÁLEZ.

DON NICOLÁS POVEDA PEÑAS.

SENTENCIA N° 19/2008

En la Villa de Madrid, a cinco de Marzo de dos mil ocho.

Vista y oída, en juicio público, por la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, la causa dimanante del Sumario 029/2004 Rollo de Sala 006/2006, procedente del Juzgado Central de Instrucción n° 5, por delitos contra la salud pública, blanqueo de dinero y falsificación de documento público y mercantil, contra los acusados:

Plácido, mayor de edad, nacido el 13.10.1950 en La Laguna (Tenerife), hijo de Juan José y María, con D.N.I. n° NUM000. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 9.7.2004 prorrogado por auto de 8.06.06 continuando en la actualidad en tal situación. Le constan antecedentes penales en EE.UU. de Norteamérica por delito contra la salud pública. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Ayuso Morales y defendido por el Letrado D. Manuel Murillo Carrasco.

Inocencio, mayor de edad, nacido el día 27.11.1948 en Oia (Pontevedra) hijo de Genaro e Isabel, con D.N.I. n° NUM001. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 19.7.2004 al 9.6.06 en situación de libertad bajo fianza de 6.000€. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. García Crespo y defendido por el letrado D. Jorge Manrique Castellano.

Andrés, mayor de edad, nacido el día 12.9.1950 en Villagarcia de Arosa (Pontevedra). Ha estado privado de libertad desde el día 9.7.04 prorrogado en 8.6.06 y continuando en la actualidad en tal situación. Le constan antecedentes penales por delito contra la salud pública. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Martínez Ostenero y defendido por el letrado D. Alfonso Díaz Moñux.

Jose Miguel, mayor de edad, nacido en Puerto de Son (La Coruña) el 10.5.62, hijo de Francisco y Carmen, con D.N.I. n° NUM002. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 9.7.04 al 13.06.06 bajo libertad con fianza de 6.000€. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Sant Aubin Alonso y defendido por el Letrada D. Alejandro Aguiló Vega.

Hugo, mayor de edad, nacido en Chercos (Almería) el 28.07.1946, hijo de Bernardo y Josefina con D.N.I. n° NUM003. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Olmos Gilsanz y defendido por la Letrada Doña Isabel Herrero Sanz.

Agustín, mayor de edad, nacido en Vigo (Pontevedra) el día 10.2.46. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Olmos Gilsanz y defendido por el letrado Doña Isabel Herrero Sanz.

Rosendo, mayor de edad, nacido en Santa Engracia de Riveira (La Coruña) el 30.11.1953, Le constan antecedentes penales por delito contra la salud pública. Ha estado representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Valero Sanz y defendido por el letrado D. Ricardo Olague Negueruela.

Gerardo, mayor de edad, nacido en Ribeira (La Coruña en 8.09.1964, hijo de Manuel y Josefa, con D.N.I. núm. NUM004. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sra. Amasio Díaz y defendido por el letrado José Baeza Martínez.

Abelardo, mayor de edad/nacido en Rusia en 2.7.1973 con pasaporte ruso NUM005. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el 1.7.2005 al día 12.9.2005. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sra. Casimo González y defendido por el Letrado Doña Beatriz de Vicente de Castro.

María Consuelo, mayor de edad, nacida en Constanza (Rumania) en 3.7.1980. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sra. Colima Sánchez y defendido por el Letrado Don Francisco Javier Díaz Aparicio.

Juan Luis, mayor de edad, nacido en Medellín-Antioquia (Colombia) en 28.11.1963. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el 9.7.04 al 15.7.04 en libertad bajo fianza de 12.000€. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sra. Barthe García Castro y defendido por el Letrado D. Jacobo Teijelo Casanova.

Silvio, mayor de edad, nacido en Medellín (Colombia) en 7.11.1979, hijo de Pastor Ricardo y Luz Omaira, Ha estado en prisión por esta causa desde el 9.7.2004 al 15.7.2004 en libertad bajo fianza de 3.000€ Ha estado representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez García y defendido por el letrado D. Raúl Marcos Bravo.

Manuel, mayor de edad, nacido en Pereira Rizadla (Colombia), hijo de Dagoberto y Fabiola, con D.N.I. NUM006, Ha estado en prisión por esta causa desde el 9.7.04 al 19.7.06. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sr. García Barrenechea y defendido por el Letrado D. Félix Pascual García.

María Antonieta. Mayor de edad, nacida en Cali (Colombia) en 19.4.1966. Ha estado representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Roncero Contreras y defendido por el Letrado Doña Dolores Rico Mayans.

Gabriel, mayor de edad, nacido en Zaragoza en 7.3.1960, hijo de José y Luisa, con D.N.I. NUM007. Ha estado privado de libertad por esta causa desde el 4.3.06 al 29.3.06. Ha estado representado por la Procurador de los Tribunales Sra. Cano Lantero, y defendido en primer lugar por el Letrado D. Enrique Balague Valls, y posteriormente por el Letrado Alfredo P. Gómez.

Ha sido acusador público el Ministerio Fiscal representado por el Ilmo. Sr. D. Manuel Pérez Veiga.

Actúa como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. NICOLÁS POVEDA PEÑAS.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por auto de 20 de Junio de 2.003, dictado por el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, se incoaron D.P. núm. 237/03 por presunto delito contra la salud pública por trafico de estupefacientes, por relación derivada de D.P. núm. 283/02 de dicho Juzgado seguidas por presunto delito de blanqueo de dinero, en atención a la documentación aportada por la Unidad Central de Estupefacientes de la Policía Nacional, dándose cuenta al Ministerio Fiscal para informe, el cual fue emitido mostrándose conforme con la incoación indicada y la práctica de las diligencias interesadas por la fuerza actuante.

SEGUNDO

El Juzgado Central de Instrucción citado acordó en 7 de Junio de 2.003 (f. 10) la intervención telefónica del terminal que venia siendo utilizado por Plácido y Kobe Import-Export así como de otro terminal utilizado por Ángel ; siendo ampliada la intervención previo informe favorable del Ministerio Fiscal al teléfono del que es usuaria María Consuelo por auto de 15 de Septiembre de 2.003 (f 31), intervención prorrogada posteriormente.

TERCERO

El Juzgado Central de Instrucción n° 5 acordó mediante auto de fecha 23 de Junio de 2.003 (f. 10) el secreto de las actuaciones sumariales por tiempo de treinta días, que fue prorrogado por autos posteriores.

CUARTO

Con fecha 30 de Junio de 2.004, el Juzgado de Instrucción núm. 1 de Villagarcia de Arosa, que estaba tramitando las D.P. núm. 584/2002, se dicta resolución por la que se acuerda la inhibición al Juzgado Central de Instrucción núm. 5 de las mismas, ante el conocimiento de las seguidas ante dicho órgano de la Audiencia Nacional por delito contra la salud publica por tráfico de estupefacientes, remitiendo la documentación correspondiente, que es recibida y aceptada por el Juzgado Central citado.

QUINTO

El Juzgado Central de Instrucción n° 6 dictó con fecha 16 de Diciembre de 2.004 auto de incoación de Sumario tramitado con el número 29/2004 transformando en este las anteriores Diligencias Previas.

Y con fecha 22 de Junio de 2.005 dictó auto de procesamiento por el que se establecía: "Declarar procesados por esta causa y sujeto a sus resultas a:

  1. - Plácido como autor de un delito de trafico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los tipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella, como autor de un delito de blanqueo de capitales con origen en el tráfico de drogas, pertenencia a organización siendo uno de sus jefes y como autor de un delito de falsificación de documento publico.

  2. - Inocencio como autor de un delito continuado de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

  3. - Andrés como autor de un delito continuado de trafico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

  4. - Jose Miguel como autor de un delito continuado de trafico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

  5. - Hugo como autor de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

  6. - Agustín como autor de un delito de trafico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella

  7. - Rosendo como autor de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

  8. - Gerardo como autor de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud concurriendo los subtipos agravados de notoria importancia, organización y especial gravedad deviniendo uno de los jefes de aquella.

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