SAN, 27 de Noviembre de 2014

PonenteISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2014:4736
Número de Recurso1917/2013

SENTENCIA

Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil catorce.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 1917/13, se tramita a instancia de D. Rodrigo, representado por el Procurador D. Marcos Juan Calleja García, y asistido por el Letrado D. Antonio Sánchez de Boado de la Válgoma, contra Resolución de la DGRN, por delegación del Ministro de Justicia, de 16-1-2014 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la misma autoridad de 24-5-2013 denegatoria de la nacionalidad por residencia y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

1 .- La parte indicada interpuso en fecha 19/11/2013 este recurso respecto de los actos antes aludidos y, admitido a trámite, y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo, en la que realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el Suplico de la misma, en el que literalmente dijo: "que, por presentado en tiempo y forma este escrito, y copia de todo ello, se sirva admitirlo y tenga por formalizada en tiempo y forma en la representación ostentada de mi mandante D. Rodrigo cuyos demás datos ya constan, demanda de recurso contencioso administrativo contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto por mi mandante contra la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 24/5/2013, por la que se acuerda desestimar la solicitud de nacionalidad por residencia formulada por mi repetido mandante, y tras los trámites de rigor, deberá acordarse por esta Sala:

  1. La revocación de la resolución recurrida y la concesión de la nacionalidad española por residencia a mi mandante.

  2. La condena en costas a la Administración demandada".

    2 .- De la demanda se dió traslado al Sr. Abogado del Estado, quien en nombre de la Administración demandada contestó en un relato fáctico y una argumentación jurídica que sirvió al mismo para concretar su oposición al recurso en el suplico de la misma, en el cual solicitó: "Que, teniendo por presentado este escrito, se sirve admitirlo y tener por contestada la demanda, con devolución de los autos, dictando previos los trámites legales, sentencia por la que se desestime el presente recurso con imposición de costas a la parte recurrente" .

    3 .- Solicitado el recibimiento a prueba del recurso, la Sala dictó Auto de fecha 24 de Marzo de 2014 acordando el recibimiento a prueba, habiéndose practicado la propuesta y admitida con el resultado obrante en autos.

    Siendo el siguiente trámite el de Conclusiones, a través del cual, las partes, por su orden, concretaron sus posiciones y reiteraron sus respectivas pretensiones. Por providencia de 27 de Octubre de 2014 se hizo señalamiento para votación y fallo el día 25 de Noviembre de 2014, en que efectivamente se deliberó y votó.

  3. - En el presente recurso contencioso-administrativo no se han quebrantado las forma legales exigidas por la Ley que regula la Jurisdicción. Y ha sido Ponente el Magistrado de esta Sección Dª ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
  1. - En el presente recurso se impugna Resolución del DGRN, por delegación del Ministro de Justicia, de 16-1-2014 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la misma autoridad de 24-5-2013 denegatoria de la nacionalidad por residencia.

    La denegación tiene su base en que el recurrente no ha justificado suficiente grado de integración en la sociedad española dado el resultado de los exámenes de integración.

  2. - Los artículos 21 y 22 del Código Civil sujetan la concesión de la nacionalidad española por residencia a dos tipos de requisitos: unos de carácter definido como son la formulación de...

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