SAN, 15 de Enero de 2015

PonenteISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2015:19
Número de Recurso37/2014

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a quince de enero de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 2, se interpuso recurso contencioso administrativo por la representación de Dñª Amanda registrado PA 242/2013 contra Resolución del Ministerio de Justicia de fecha 30-7-2012, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Orden de dicho Ministerio JUS/1099/2012, de 17 de mayo, por la que se publica la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

    Tramitado el recurso se dictó sentencia de fecha 16/7/2014, por la que se desestima el recurso confirmando el acto recurrido.

  2. - Mediante escrito presentado el 5/9/2014, por Dñª.. Amanda se interpone recurso de apelación con cita de los preceptos de la normativa orgánica aplicable de los que puede deducirse una interpretación contraria a la sostenida en la sentencia.

  3. - Efectuado el traslado del escrito de apelación a la contraparte, esta mantiene el criterio sostenido en la sentencia apelada.

  4. - Cumplimentado dicho trámite, se dictó resolución elevando las actuaciones a esta Sala, en la que se dictó providencia acordando lo procedente sobre la apertura del correspondiente rollo, declarándose concluso para resolver a cuyo efecto se señaló para votación y fallo el 13 de enero de 2015 teniendo lugar en dicha fecha la referida actuación procesal siendo ponente la Ilma. Sra. Dñª. ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO.

  5. - Que el la tramitación del presente rollo se han cumplido todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
  1. - Se dan por reproducidos los antecedentes de hecho, hechos probados y fundamentación jurídica de la resolución recurrida en cuanto no queden contradichos por la presente.

  2. - La recurrente en la instancia, hoy apelante, defiende que le corresponden 19,70 puntos en la fase de concurso, que, sumados a los obtenidos en la fase de oposición, darían como resultado una puntuación total de 166,50 puntos y para ello defiende que dentro del apartado de cursos de contenido jurídico y con la máxima puntuación, se deberían incluir:

    - Curso de Técnico Superior de Riesgos Laborales en la especialidad de Seguridad en el Trabajo, de 600 horas lectivas, impartido por la Fundación Almería Social y Laboral, dependiente de la Universidad de Almería.

    - Curso de Técnico Superior de Riesgos Laborales en la especialidad de Higiene Industrial, de 250 horas lectivas, impartido por la Fundación Almería Social y Laboral dependiente de la Universidad de Almería.

    La recurrente, funcionaria de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, participó en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, ámbito territorial de Andalucía, superando la fase de oposición y aportando, en escrito presentado en fecha 1-3-2012, la documentación referente a los méritos a valorar en la fase de concurso. En fecha 3-4- 2012 por el Tribunal Delegado de Andalucía se adoptó el acuerdo por el que se publica el listado provisional méritos de la fase de concurso, frente al que Dª Amanda presentó un escrito de alegaciones en fecha 10-4-2012, para que se le valoraran dos cursos sobre riesgos laborales y un curso sobre Derecho Comunitario. Por Acuerdo del dicho Tribunal Delegado de Andalucía de fecha 7-5-2012, se desestimaron las peticiones de la ahora recurrente sobre la valoración de los dos cursos sobre riesgos laborales, estimándose la petición de puntuación del curso sobre Derecho Comunitario con 0,75 puntos.

    Así la puntuación...

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