Sentencia de Audiencia Nacional, 30 de Octubre de 2002

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Resumen


CANON DE SUPERFICIE DE MINAS. En el caso examinado las Leyes de Presupuestos aplicadas no contienen una previsión específica acerca una tasa concreta, sino que genéricamente elevan los tipos de las tasas estatales de cuantía fija, de modo que los respectivos preceptos que contienen las elevaciones anuales serán aplicables a aquellas tasas acerca de las que se cuente con esa previsión en una Ley sustantiva, y no lo serán a aquellas otras, respecto de las que no exista ese instrumento habilitante, como sucede respecto a la tasa fiscal relativa al canon de superficie de minas. Se desestima la demanda. Se estima la apelación.

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Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional, 30 de Octubre de 2002

SENTENCIA

Madrid, a treinta de octubre de dos mil dos.

Vistos los autos del recurso contencioso- administrativo Nº 07/1524/00 que ante esta Sala de lo

Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido el Letrado D. PABLO

OTERINO MENÉNDEZ en nombre y representación de S.A. MINERA CATALANO ARAGONESA

(SAMCA), frente a la Administración General del Estado, representada por el Sr. Abogado del

Estado, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 22 de septiembre de

2000 (R.G. 9301-98, R.S. 164-99) en materia de Canon de Superficie de Minas (que después se

describirá en el primer fundamento de Derecho) siendo Ponente, la ...

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