Sentencia de Audiencia Nacional, 15 de Abril de 2002

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. COMPETENCIA. CONTENCIOSA. VÍA EJECUTIVA. Los actos relacionados con la exacción por vía ejecutiva del impuesto sobre las sucesiones no caen bajo la competencia de la jurisdicción contenciosa administrativa. Se desestima el recurso.

Frases clave


QUINTO: Los anteriores razonamientos nos llevan a desestimar el presente recurso así como la causa de inadmisibilidad invocada por el Abogado del Estado, ya que lo discutido en el presente contencioso no es un acto afectante al propio impuesto de sucesiones, sino a actos relacionados con su exacción por vía ejecutiva, es decir actos relativos al procedimiento ejecutivo, cuya competencia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 11.1.d) de la Ley Jurisdiccional vigente, corresponde a la Audiencia Nacional, sin que proceda hacer expresa imposición de costas según el art. 139 de la Ley Jurisdiccional.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional, 15 de Abril de 2002

SENTENCIA

Madrid, a quince de abril de dos mil dos.

Visto el presente recurso contencioso administrativo nº 1186/00 interpuesto ante esta Sección

Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, por el Procurador D.

Ramiro Reynolds de Miguel, en nombre y representación de D. Tomás contra la

Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha 19 de octubre de 2.000, por la

que se desestima el recurso de alzada formulado ...

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