Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 6 de Julio de 2005

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO. CALIFICACIONES. IMPUGNACIÓN: El criterio utilizado para valorar la experiencia se ajusta a la finalidad del proceso extraordinario y a las propias Bases de la convocatoria que solo permiten participar en la misma a los que se hallen en posesión del correspondiente título de Médico Especialista. De modo que, es lógico y razonable, que se computen los servicios prestados a partir de ese momento y no los anteriores desempeñados, dado que la obtención del título no produce efectos retroactivos en orden al cómputo de la antigüedad como especialista. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

Frases clave


Esta Sala ha venido declarando (Sentencias de 27 de julio de 2004, 3 de noviembre de 2004 y 23 de marzo de 2005 entre otras), que el criterio utilizado por la Administración demandada en el presente caso para valorar la experiencia se ajusta a la finalidad del proceso extraordinario que nos ocupa y a las propias Bases de la convocatoria que solo permiten participar en la misma a los que se hallen en posesión del correspondiente título de Médico Especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en condiciones de obtenerlo en la fecha de presentación de solicitudes (Base Tercera, punto 1. b). De modo que, si sólo desde ese momento pueden participar en el proceso de consolidación, es lógico y razonable, por tanto, que se computen los servicios prestados a partir de ese momento y no los anteriores desempeñados, dado que la obtención del título no produce efectos retroactivos en orden al cómputo de la antigüedad como especialista para el acceso a plazas de facultativo de especialista a través de pruebas selectivas, salvo que se establezca expresamente.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 6 de Julio de 2005

ERNESTO MANGAS GONZALEZJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELATOMAS GARCIA GONZALO

SENTENCIA

Madrid, a seis de julio de dos mil cinco.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta) ha pronunciado

la siguiente Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 610/2004, interpuesto por

Alicia, representado por el Procurador Sr. Rodríguez Pereita, y asistido por

letrado, contra el Ministerio de Sanidad y Consumo, representado y asistido por la Abogacía del

Estado, sobre impugnación de las calificaciones definitivas de la fase de selección en el proceso

extraordinario de consolidación de empleo respecto de la convocatoria para facultativos

especialistas del Área de Pediatría y Puericultura.

Ha sido Ponente el Ilmo. Señor Don JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer

de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la representación de la parte actora en escrito presentado en el Registro de esta Sala en fecha 1.9.2004 interpuso el presente recurso contra la resolución desestimatoria de fecha 30.7.2004 del recurso de reposición interpuesto el 1 de abril de 2.004 contra la resolución de fecha 16 de febrero de 2.004 del Ministerio de Sanidad y Consumo por la que se hacen públicas las calificaciones definitivas otorgadas por el Tribunal Central en la fase de selección del proceso extraordinario de consolidación de empleo para la selección y provisión de plazas de facultativo especialista de área de Pediatría y Puericultura, convocado por Orden de 4 de diciembre de 2001.

SEGUNDO.- En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó demanda, mediante escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos oportunos, te...

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