Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 2 de Febrero de 2009
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Resumen
DEUDA TRIBUTARIA. Pues no es suficiente para cumplir con tal exigencia la afirmación, casi apodíctica, que a tal efecto realiza el Abogado del Estado, cuando, como advierte el Ministerio Fiscal, el grado mayor de garantía para el administrado, ante la pasividad de la Administración, que supone el criterio de la sentencia recurrida tiene un indudable componente de interés general ligado a la seguridad jurídica. De esta manera, no cabe ignorar que en el perjuicio al interés público a que alude el recurso hay un importante componente que sería atribuible a un incorrecto funcionamiento de la Administración tributaria, incapaz de decidir en el plazo que le reconoce la doctrina combatida sobre la iniciación del procedimiento sancionador. O, dicho en otros términos, no se presume el grave daño al interés público en cualquier interpretación de la norma que suponga establecer un plazo preclusivo para el ejercicio de la potestad administrativa sancionadora, sino que, por el contrario, para dar cumplimiento al requisito de que se trata sería preciso, al menos, razonar sobre la imposibilidad o dificultad de la observancia del referido requisito temporal. Se estima el contencioso administrativo.
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☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 2 de Febrero de 2009
SENTENCIA
Madrid, a dos de febrero de dos mil nueve.Visto el presente recurso contencioso administrativo nº 670/07 interpuesto ante esta Sala de loContencioso-Administrativo de laAudiencia Nacional, por el Procurador D. Justo Alberto Requejo Calvo, en nombre y representaciónde D. Luis Alberto,contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, de fecha 12 de septiembre de2007, en materia de derivaciónde responsabilidad por deudas tributarias, en el que la Administración demandada ha estadodirigida y representada por elAbogado del Estado; habiendo sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Ana Isabel Gómez García,Magistrada de la Sección.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: El presente recurso contencioso-administrativo se interpone por la representación procesal de D. Luis Alberto contra la resolución del TEAC de fecha 12 de septiembre de 2007, que desestima recurso de alzada contra resolución del TEAR de Madrid, de 26 de abril de 2006, en asunto relativo a derivación de responsabilidad por deudas t...Ver el contenido completo de este documento
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