Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 6 de Abril de 2006
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Resumen
CONCESIÓN DE TÍTULO DE MÉDICO ESPECIALISTA. PROCESO DE EVALUACIÓN. IGUALDAD. SILENCIO ADMINISTRATIVO. El recurrente impugna desestimación del recurso de reposición contra resolución del Secr. de Estado de Educ. y Univ. desestimatoria de su solicitud de concesión de título de médico especialista. Alega lesión del principio de igualdad por no haber podido establecer la comparación entre aspirantes, y estimación de su solicitud por silencio administrativo. No se han concretado, ni en vía administrativa ni en vía jurisdiccional, las genéricas alusiones de arbitrariedad en comparación a otros identificados candidatos. En un procedimiento selectivo como el presente la respuesta de la Administración viene condicionada por el cumplimiento del calendario fijado normativamente para el procedimiento a seguir. A la fecha, debían considerarse desestimatorias, a falta de resolución expresa, las solicitudes de homologación de títulos extranjeros de educación superior y las acreditativas de una especialización. Se desestima el recurso.
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Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 6 de Abril de 2006
EDUARDO MENENDEZ REXACHFRANCISCO DIAZ FRAILEJOSE LUIS TERRERO CHACONISABEL GARCIA GARCIA-BLANCODIEGO CORDOBA CASTROVERDE
SENTENCIAMadrid, a seis de abril de dos mil seis.Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 169/04, se tramita a instancia de D. Claudio, representado por la Procuradora Dª. MARÍA AURORA GÓMEZ-VILLABOA MANDRI contra resolución la resolución del Secretario General Técnico, por delegación del Ministro del ramo, de 3-5-2004 desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la Resolución del Secretario de Estado de Educación y Universidades, por delegación del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, de 26-6-2003 por la que se desestima la solicitud de concesión del titulo de médico especialista en ESTOMATOLOGÍA, efectuada por el recurrente al amparo del RD 1497/99 de 24 de septiembre y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.ANTECEDENTES DE HECHO1.- La parte indicada interpuso en fecha 5-2-2004 este recurso respecto de los actos antes aludidos y, admitido a trámite, y reclamado el expediente administrativo, se entregó éste a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo en tiempo, en la que realizó una exposición fáctica y la alegación de los preceptos legales que estimó aplicables, concretando su petición en el Suplico de la misma, en el que literalmente dijo: "que, teniendo por presentado este escrito y documentación que le acompaña, con copias de todo ello, se sirva admitirlos y, en su virtud, tenga por formalizada en tiempo y forma demanda contra la desestimación, presunta primero y expresa posteriormente mediante resolución de 2 de abril de 2004 del Secretario General Técnico del entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por delegación el Ministro del Departamento a la que se ha ampliado el presente recurso, del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la resolución de 26 de junio de 2003 del Secretario de Estado de Educación y Universidades, por delegación del entonces Ministro de Educación, Cultura y Deporte (hoy Ministro de Educación y Ciencia), denegatoria a su vez de la solicitud del recurrente de concesión del título de Médico Especialista en Estomatolog...Ver el contenido completo de este documento
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