Sentencia de Audiencia Nacional, 14 de Enero de 2004

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Resumen


EXTRANJERÍA. ASILO. Conforme al art 5.6.b) de la Ley 5/1984, modificada por la Ley 9/1994, el Ministro, a propuesta del órgano encargado de la instrucción, y previa audiencia del ACNUR, puede, mediante resolución motivada inadmitir a trámite la solicitud de asilo, cuando en la misma no se alegue ninguna de las causas que dan lugar al reconocimiento de la condición de refugiado. Supuesto que solo se da en el caso de que concurran los requisitos a los que se refiere el art 3 de la Ley. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

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Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional, 14 de Enero de 2004

SENTENCIA

Madrid, a catorce de enero de dos mil cuatro.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sección Primera de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 750/2002 se tramitan a

instancia de D Darío representada por el Procurador D JOSE CARLOS NAHARRO PEREZ

co...

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