Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 28 de Febrero de 2000

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Resumen


IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS. EXENCIONES. NORMATIVA APLICABLE. Se reclama contra la resolución del TEAC sobre liquidación por Impuesto Especial sobre Hidrocarburos. Una vez declarada válida la regulación reglamentaria, por no contravenir la reserva de Ley, el beneficio se articulaba como rogado y no ope legis, por lo que, al no solicitarlo la interesada debidamente, cumpliendo los requerimientos procedimentales para ello, no puede pretender derecho a su disfrute. Y en lo que atañe a la supuesta imposibilidad de conocer ex ante las características del producto es una afirmación que no alcanza, ya que no va acompañada de la oportuna justificación y acaso de la oportuna pericial técnica aclaratoria, el necesario vigor para conseguir los efectos anulatorios pretendidos. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 28 de Febrero de 2000

SENTENCIA

Madrid, a veintiocho de febrero de dos mil.

VISTOS por la SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO de esta AUDIENCIA NACIONAL

(SECCIÓN 7ª) los autos número 350/99, seguidos entre partes, de la una y como demandante

REPSOL PETRÓLEO S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. MIGUEL ÁNGEL

DE CABO PICAZO, y de la otra, como demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

(TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO CENTRAL), representada por el ABOGADO DEL

ESTADO; versando el presente proceso sobre Impuesto Especial Sobre Hidrocarburos.

Siendo Magistrado Ponente el ILMO. SR. D. EDUARDO ORTEGA MARTÍN, quien expresa el

parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La representación procesal de la indicada parte actora interpuso el presente...

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