Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 28 de Febrero de 2000
Enlazado como:
Enlazado como:
Resumen
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS. EXENCIONES. NORMATIVA APLICABLE. Se reclama contra la resolución del TEAC sobre liquidación por Impuesto Especial sobre Hidrocarburos. Una vez declarada válida la regulación reglamentaria, por no contravenir la reserva de Ley, el beneficio se articulaba como rogado y no ope legis, por lo que, al no solicitarlo la interesada debidamente, cumpliendo los requerimientos procedimentales para ello, no puede pretender derecho a su disfrute. Y en lo que atañe a la supuesta imposibilidad de conocer ex ante las características del producto es una afirmación que no alcanza, ya que no va acompañada de la oportuna justificación y acaso de la oportuna pericial técnica aclaratoria, el necesario vigor para conseguir los efectos anulatorios pretendidos. Se desestima el recurso contencioso administrativo.
Ver el contenido completo de este documento
Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 28 de Febrero de 2000
SENTENCIAMadrid, a veintiocho de febrero de dos mil.VISTOS por la SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO de esta AUDIENCIA NACIONAL(SECCIÓN 7ª) los autos número 350/99, seguidos entre partes, de la una y como demandanteREPSOL PETRÓLEO S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. MIGUEL ÁNGELDE CABO PICAZO, y de la otra, como demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO(TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO CENTRAL), representada por el ABOGADO DELESTADO; versando el presente proceso sobre Impuesto Especial Sobre Hidrocarburos.Siendo Magistrado Ponente el ILMO. SR. D. EDUARDO ORTEGA MARTÍN, quien expresa elparecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- La representación procesal de la indicada parte actora interpuso el presente...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Documentos citados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex España
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Compañía