Sentencia de Audiencia Nacional, 25 de Septiembre de 2001

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Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. PAGO DE DEUDA TRIBUTARIA MEDIANTE ENVIO DE CHEQUE. La cuestión a dilucidar es la relativa a si es posible enviar por correo un talón bancario con efectos extintivos de la deuda tributaria. La exigencia de que el ingreso mediante cheque sólo pueda realizarse directamente por los contribuyentes en la caja de la Delegación o Administración de Hacienda establece una limitación del derecho de todo ciudadano a utilizar cualquier órgano administrativo en cualquier parte del territorio nacional para sus relaciones con la Administración general. Se estima el recurso contencioso administrativo.

Frases clave


"En consecuencia, la exigencia de que el ingreso mediante cheque sólo pueda realizarse directamente por los contribuyentes en la caja de la Delegación o Administración de Hacienda establece una limitación del derecho de todo ciudadano a utilizar cualquier órgano administrativo en cualquier parte del territorio nacional para sus relaciones con la Administración general, derecho regulado en el art. 66 LPA, como una manifestación más de la personalidad jurídica única de aquélla reconocida en el art. 1 de la Ley reguladora de su régimen jurídico.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Contribuyente

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional, 25 de Septiembre de 2001

SENTENCIA

Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil uno.

Visto el recurso contencioso-administrativo que ante esta Sección Segunda de la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional y bajo el número 02/1276/1998, se tramita a

instancia de Dª Lorenza , representada por el Procurador D. Jorge Deleito

García, contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 27 de mayo de

1998, sobre Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1990; y en el que la

Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado,

siendo la cuantía del mismo 2.440.350 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO

1. La parte indicada interpuso en fecha 25 de septiembre de 2001 este recurso frente a la resolución antes aludida y, a ad...

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