Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 3 de Junio de 2004

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Resumen


"INADMISIÓN A TRÁMITE DE SOLICITUD DE ASILO. A la vista del relato de la recurrente transcrito en el anterior fundamento de derecho, se colige que las razones que provocaron su salida del país no configuran ninguna de las causas que dan lugar al reconocimiento de la condición de refugiado, y por tanto, en estos casos la Administración esta facultada para inadmitir a trámite su solicitud, ex artículo 5..6.b) de la expresada Ley reguladora del Derecho de Asilo. La manifestada discrepancia con el régimen político establecido en Cuba y las restricciones en su libertad de expresión y en su medio de trabajo, como taxista,no puede configurar una causa para la admisión a trámite de la concesión del derecho de asilo político, salvo que vaya acompañada de una real y verdadera situación de amenazas u hostigamiento, que no se aprecia en este caso. Se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Jose Augusto, y se declara la Resolución del Ministro del Interior, que inadmitió a trámite la solicitud de asilo del recurrente, conforme con el ordenamiento jurídico, sin costas."

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Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 3 de Junio de 2004

ELISA VEIGA NICOLE JOSE ALBERTO FERNANDEZ RODERA MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH CARLOS LESMES SERRANO JOSE LUIS SANCHEZ DIAZ

SENTENCIA

Madrid, a tres de junio de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Primera) de esta Audiencia Nacio...

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