Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 25 de Enero de 2006
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Resumen
IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN TRIBUTARIA. RECLAMACIÓN POR DEDUCCIÓN DE IVA. Para la deducción de determinadas partidas dentro de las cuotas del IVA soportadas en los gastos correspondientes bastará que la propia actora haga depender ello de las cuotas controvertidas de la consideración previa como gasto deducible en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, debiendo estar a dicha consideración para su aceptación, como cuotas de IVA deducible. Así, no se ha justificado la deducibilidad pretendida de cuotas correspondientes a conceptos como adquisiciones de vino y otras similares. Denegada la reclamación económico administrativa, se interpuso recurso contencioso administrativo que fue desestimado.
Frases clave
“ En primer lugar la actora sostiene la deducibilidad de determinadas partidas que a su juicio son deducibles dentro de las cuotas del IVA soportadas en los gastos correspondientes. Como igualmente se razonó en la sentencia de esta Sala y Sección de 18 de enero de 2005 "baste decir que la propia actora hace depender la deducibilidad de las cuotas controvertidas de la consideración previa como "gasto deducible" en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, debiendo estar, por consiguiente, a dicha consideración para su aceptación, en los términos planteados por la propia actora, como cuotas de IVA deducible, cuestión esta que está pendiente de recurso contencioso- administrativo, según manifiesta la propia parte, por lo que habrá de estarse a lo que se resuelva en el ámbito del referido Impuesto sobre Sociedades." En este recurso no se ha justificado la deducibilidad pretendida de cuotas correspondientes a conceptos como adquisiciones de vino en las bodegas Vega Sicilia para obsequio de clientes, y otras similares. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Administración
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 25 de Enero de 2006
MERCEDES PEDRAZ CALVO JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR SANTIAGO PABLO SOLDEVILA FRAGOSO CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA MARIA ASUNCION SALVO TAMBO
SENTENCIA Madrid, a veinticinco de enero de dos mil seis. Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num. 618/03 que ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Procurador de los Tribunales D. Manuel Mª Alvarez-Buylla Ballesteros, en nombre y representación de EULEN SEGURIDAD S.A. UNIPERSONAL antes PROSE S.A., frente a la Administración del Estado defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado, contra Resolución dictada por el Tribunal Económico-administrativo Central, el dia 16 de julio de 2003, en materia rel...Ver el contenido completo de este documento
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