Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 1 de Junio de 2006

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Resumen


SELECCIÓN Y PROVISIÓN DE PLAZAS. ACUERDO. PRUEBA. Se impugna resolución sobre selección y provisión de plazas. La alegación de que se otorgó a la solicitante un Acuerdo en el que no se contenían todos los requisitos luego exigidos, debe acreditarse fehacientemente, sin que resulte suficiente prueba la sola aportación de fotocopia del texto divergente. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

Frases clave


Frente al texto del Acuerdo de 17 junio 1999 obrante en el expediente, la parte actora se ha limitado a aportar el acta núm. 11 del Pleno de la CIVEA, celebrado el 17 junio 1999, en la que se hace constar la aprobación del Acuerdo para la consolidación de empleo temporal tras la introducción de modificaciones en el texto procedente del Grupo de Trabajo de la CIVEA. Pero no ha articulado prueba encaminada a acreditar, como sostiene, que el texto del Acuerdo aprobado en dicha sesión tras las modificaciones introducidas en el texto previo, fuera el aportado por dicha parte, y no el que figura en el expediente. La sola aportación de fotocopia del texto divergente carece de virtualidad para desacreditar el obrante en el expediente, que es el que, además, guarda congruencia con la base de la convocatoria en que se hace referencia al mismo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 1 de Junio de 2006

ERNESTO MANGAS GONZALEZJAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELAANA MARIA SANGÜESA CABEZUDOANA ISABEL MARTIN VALEROTOMAS GARCIA GONZALO

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a uno de junio de dos mil seis.

Visto por la Sala citada al margen el Recurso de Apelación núm. 52/06, interpuesto por D. Gustavo contra Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo núm. Nueve, dictada con fecha de 19 de septiembre de 2005 en el recurso contencioso-administrativo tramitado ante ese Juzgado con el núm. 51/05 (procedimiento

abreviado), Sentencia por la que se desestima dicho recurso; habiendo sido parte apelada la

Administración General del Estado, bajo la representación y defensa del Abogado del Estado, así

como D. Luis Miguel.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- D. Gustavo interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto frente a la Orden TAS/4076/2004, de 19 de noviembre, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo, categoría profesional de técnico de actividades de mantenimiento y of...

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