Sentencia de Audiencia Nacional, 3 de Marzo de 2004
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Resumen
"SOLICITUD DE ASILO. INADMISIÓN. El recurso contencioso-administrativo se interpone contra la Resolución del Ministro del Interior que inadmitió a trámite la solicitud de asilo de la recurrente y su hijo. La parte recurrente, en su solicitud de asilo, manifiesta que su marido fue asesinado en 1999, no sabe por quién. Ella atravesaba una ""crisis muy dura y una amiga suya que vive en España le aconsejó que se viniese"". Cuando llevaba en España veinte días mataron a su hermano, y sus hijos que vivían con él presenciaron el asesinato, y su hijo vio al que asesino a su tío. Su hijo es citado ante la fiscalía para declarar, por lo que comienzan llamadas amenazantes contra el niño. Deciden que salga de Colombia, pero como ella estaba en España, y el niño es menor, sus tíos se hacen pasar por sus padres y le autorizan a salir de Colombia. Pues bien,el tribunal entiende que esta circunstancia no le hacen acreedora de la protección que dispensa la institución del asilo, pues el temor a sufrir persecución se fundamenta en la situación general que reina en Colombia, sobradamente conocido por esta Sala, y no en una persecución del Estado o de agentes distintos a aquel, por razón de su raza, religión, nacionalidad o pertenencia a grupo social o político. En efecto, la muerte de su esposo y la violencia a que alude la recurrente, como la muerte de su hermano, cuando ella ya se encontraba en España, presenciada por un menor que la recurrente dice que es su hijo, aportando fotocopia de un certificado de bautismo y nacimiento, cuando en el pasaporte consta que es hijo de su hermana, no configuran un supuesto de asilo por lo que procede declarar conforme a derecho a inadmisión recurrida. Téngase en cuenta, además, que la recurrente no relaciona su salida de Colombia, ni la del menor con quien solicita asilo, a una persecución por razón de nacionalidad, raza, religión o pertenencia a un grupo político o social por parte de la autoridades colombianas, pues la muerte de su marido dos años antes de venir a España, y la de su hermano, después de su llegada, no se ponen en conexión con dichas causas. Estas muertes parecen relacionarse con el trágico clima de inseguridad que tiene lugar en determinadas zonas de Colombia, por la violencia procedente de la delincuencia común, la guerrilla, o los paramilitares. En estos casos, deben ser las autoridades del Estado colombiano las llamadas a proteger a sus nacionales, garantizando su seguridad cuando van a declarar como testigos por los hechos violentos que presenciaron. Por lo que se inadmite la demanda"
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandado
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional, 3 de Marzo de 2004
SENTENCIAMadrid, a tres de marzo de dos mil cuatro.Vistos por la Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Primera) de esta Audiencia Nacional el presente recurso nº 1863/2001, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Jaime Perez De Sevilla Guitard, en nombre y representación de Dña. Bárbara, contra la Resolución de Ministro del Interior de 11 de octubre de 2001, que inadmitió a trámite la solicitud de asilo de la recurrente y su hijo. Habiendo sido part...
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