Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 14 de Mayo de 2007
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Resumen
TASA SOBRE EL JUEGO. La reforma operada en el Reglamento General de Recaudación no supone, más que en un aspecto meramente formal, la exigencia de un requisito nuevo que no estuviera previsto anteriormente, pues si lo estaba por vía indirecta a través de la Instrucción de Contabilidad de 1.986; no hay motivo legal alguno para cambiar dicha interpretación por el sólo hecho de que la exigencia contenida en la Instrucción de Contabilidad, se haya plasmado expresamente y a modo de requisito formal, tanto en el Reglamento General de Recaudación, como en la nueva Instrucción de Contabilidad de 1.996, debiendo añadirse que en todo caso no ha de ser impedimento para la determinación de la fecha de efectos de la compensación, el que la Administración haya puesto término, o no, a las operaciones contables inherentes al procedimiento de ordenación de pagos, pues, sin perjuicio de la eficacia propia de las mismas, no dejan de tener, como antes hemos dicho, un carácter meramente formal o adjetivo que no puede anteponerse al derecho material o sustantivo inherente al crédito firme contra la Administración como consecuencia de la sentencia reconocedora del crédito. Se estima el contencioso administrativo.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 14 de Mayo de 2007
SENTENCIA
Madrid, a catorce de mayo de dos mil siete.Visto el presente recurso contencioso administrativo número 461/2005 interpuesto ante la SecciónSéptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional por el Procuradordon JOSÉ LUIS PINTO MARABOTTO, en nombre y representación de CODERE BARCELONAS.A., contra la resolución Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 30 de junio de 2005,que desestima el recurso de alzada interpuesto contra al resolución del TEAR de Cataluña de fecha30 de enero de 2003 en materia de compensación por importe de 234.207,77 € se ha personado laAdministración General del Estado, dirigida y representada por el Abogado del Estado, sobreliquidación de intereses en expediente de compensación; habiendo sido Ponente el señor don JoséLuis López-Muñiz Goñi, Presidente de la Sección.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: El presente recurso contencioso-administrativo se interpone por la representación procesal de Codere Barcelona S..A., ante esta Sección en fecha 11 de octubre de 2005.SEGUNDO: Presentado el recurso, y admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado de todo el...Ver el contenido completo de este documento
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