Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 13 de Julio de 2006

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Resumen


IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN. TASA POR UTILIZACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO RADIOELÉCTRICO. Conforme el Real Decreto 1750/1998, que regula el devengo, el importe de la tasa por utilización del dominio público habrá de ser satisfecho anualmente en caso de que grave la reserva para uso privativo o con la periodicidad que corresponda, si se grava el uso especial. Se devengará inicialmente el día del otorgamiento del título habilitante para uso del dominio posteriormente cada año o del año que corresponda una vez que se haya cumplido cada período. La modificación de los supuestos económicos básicos existentes en el momento de la formalización de la licencia por la nueva regulación de la tasa por reserva del domino público radioeléctrico, no se puede prever el cambio excesivo en el incremento del importe de la tasa, pero no justifica se haya producido un desequilibrio económico en la empresa concesionaria, por lo que corresponde la desestimación del tal planteamiento. Denegada la reclamación económico administrativa, se interpuso recurso contencioso administrativo que fue desestimado.

Frases clave


Artículo 16 del R.D: 1750/1998 , que regula el devengo, El importe de la tasa habrá de ser satisfecho anualmente en caso de que grave la reserva para uso privativo o con la periodicidad que corresponda, si se grava el uso especial. Se devengará inicialmente el día del otorgamiento del título habilitante para uso del demanio y, posteriormente, el 1 de enero de cada año o del año que corresponda una vez que se haya cumplido cada período, contado desde el día 1 de enero siguiente a la fecha de la autorización del uso especial.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Administración

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 13 de Julio de 2006

BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARATJAIME ALBERTO SANTOS CORONADOANA ISABEL GOMEZ GARCIAANA ISABEL RESA GOMEZJOSE LUIS LOPEZ-MUÑIZ GOÑI

SENTENCIA

Madrid, a trece de julio de dos mil seis.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo número 07/1234/2002, interpuesto por el

Procurador don Manuel Lanchares Perlado en nombre y representación de la entidad mercantil

Telefónica Móviles S.A., y defendida por la Abogado doña María Luisa Rodríguez López, siendo

parte demandada la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado,

contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 23 de mayo de 2002,

por la cual se desestima la reclamación económico administrativa interpuesta por la actora, contra

la liquidación girada por la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la

Información, en el expediente DGZZ 9820003 por el concepto de Tasa por Reserva de Dominio

Público Radioeléctrico correspondiente al período 1/11/2001 al 31/12/2001 y a las frecuencias

adicionales para la prestación del servicio de Telefonía Móvil Personal Sistema DCS-1800 por

cuantía de 677.599,51 ¤ de fecha 29 de marzo de 2001, siendo Ponente el señor don José Luis

López-Muñiz Goñi, Presiente de la Sección

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Se interpuso el presente recurso por medio de escrito presentado ante esta Sección en fecha 12 de septiembre de 2002.

SEGUNDO: Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que hizo por medio de escrito presentado en fecha 30 de...

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