Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 24 de Enero de 2007
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Resumen
TÍTULO DE MÉDICO. ESPECIALIDAD. REQUISITOS. Se impugna resolución administrativa. Se tiene en cuenta el curriculum profesional y formativo. En caso de que el mismo no se pueda valorar correctamente procede una entrevista donde se le pregunta sobre la materia. Todo se valora en forma conjunta y de 0 a 100, tiene que obtener 50 puntos sobre 100 para aprobar. La demanda fue desestimada
Frases clave
“ Cuando a juicio del Tribunal no se pueda proceder a la correcta valoración del currículum formativo y profesional del solicitante (por imprecisión, por falta o insuficiencia de información, falta de claridad, o cualquier otra causa), el Tribunal podrá convocarle a una sesión oral para la defensa de su currículum, que consistirá en la contestación a las cuestiones que se le formulen y en la ampliación de aquellos aspectos relativos a su actividad profesional, a cuyos efectos se tendrán en cuenta, a título orientativo, los criterios que se especifican en el anexo a la resolución. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandado
Extracto
Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 24 de Enero de 2007
EDUARDO MENENDEZ REXACH FRANCISCO DIAZ FRAILE JOSE LUIS TERRERO CHACON ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
SENTENCIA Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil siete. Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido Dª. Dolores representada por la Procuradora Dª. MARÍA AURORA GÓMEZ-VILLABOA MANDRÍ, contra la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, sobre TITULO MÉDICO ESPECIALISTA. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado de esta Sección, D. Francisco Díaz Fraile. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El acto impugnado procede del Ministerio de Educación y Ciencia y es la resolución de 16-4-2004. SEGUNDO.- Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso. TERCERO.- Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo, para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones de la parte recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho. CUARTO.- Contestada la demanda, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el 16 de enero de 2007, en el que, efectivamente, se votó y falló. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Se impugna la resolución de 16-4-2004 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que desestimó el recurso de reposición que había sido deducido en su día por la hoy parte actora contra una anterior resolución de 4-9-2003 que le había denegado la solicitud de concesión del título de Médico Especialista en Medicina del Trabajo, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos. ...Ver el contenido completo de este documento
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