Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 4 de Octubre de 2006

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


DESLINDE DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE. El deslinde tiene un carácter declarativo y no constitutivo, y consiste en la operación jurídica en virtud de la cual las definiciones legales se concretan físicamente sobre un espacio determinado, lo que conlleva que, en estos casos, adquiera un papel esencial establecer los elementos de orden fáctico sobre los que se sustenta la condición del bien como de dominio público . Se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante, Administrado, Ayuntamiento

Extracto


Sentencia de Audiencia Nacional - Sala de lo Contencioso, 4 de Octubre de 2006

MARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO MARIA NIEVES BUISAN GARCIA CARLOS LESMES SERRANO

SENTENCIA

Madrid, a cuatro de octubre de dos mil seis.

La Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto recurso Contencioso-

Administrativo nº 249/2004, interpuesto por D. Luis Carlos Y D.

Millán, representados por el Procurador D. José Luis Martín

Jaureguibeitia, contra la resolución del Ministro de Medio Ambiente, de fecha 16 de febrero de 2004,

que desestima el recurso de reposición contra la resolución de dicho Ministerio, de 6 de junio de

2002, que estimando en parte el requerimiento presentado por el Consejero de Ordenación del

Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco ordenó la rectificación de los planos aprobados por

el deslinde aprobado por Orden del mismo Ministerio de Medio Ambiente, de 25 de octubre de

2001. Ha sido parte demandada en las presentes actuaciones la Administración General del

Estado, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La parte indicada interpuso, con fecha de 22 de abril de 20...

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