SAN, 22 de Octubre de 2003

PonenteD. MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2003:2091
Número de Recurso0307/2002

SENTENCIA

Madrid, a veintidos de octubre de dos mil tres.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo nº 6/307/02, que ante esta Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido el Procurador D. ANTONIO

BARREIRO-MEIRO BARBERO, en nombre y representación de GIMENO DIFUSIÓN,S.A., frente a

la Administración General del Estado, representada por el Sr. Letrado del Estado, contra

Resolución del T.E.A.C. de 22 de Enero de 2002, relativa a providencia de apremio, (que después

se describirá en el primer fundamento de Derecho), siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARGARITA ROBLES FERNÁNDEZ,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo, mediante escrito presentado el 7 de Mayo de 2002, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de 16 de Mayo de 2002, con publicación en el B.O.E. del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó la demanda, mediante escrito presentado el 10 de Febrero de 2003, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado el 21 de Marzo de 2003, en el cual, tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de 31 de Marzo de 2003, se propuso por la parte actora la que a su derecho convino, admitiéndose por esta Sala la Documental practicada, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, reiterándose en sus respectivos pedimentos.

SEXTO

Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 21 de Octubre de 2003, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone recursocontencioso administrativo contra Resolución del T.E.A.C. de 22 de Enero de 2002, en que se desestima el recurso de alzada interpuesto por Confecciones Gimeno, S.L., contra Acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Valencia de 30 de Marzo de 2001, reclamación nº 12/2.428/965, en asunto referente a Procedimiento de apremio y cuantía 267.726'50 euros (44.545.942 pesetas).

Son hechos a considerar, que el 14 de Junio de 1.996, la actora presentó reclamación económico- administrativa ante el T.E.A.R. de Valencia, impugnando una providencia de apremio que le había sido notificada proveniente de la liquidación de I.V.A., 4º trimestre de 1.995, por importe total de 267.726'50 euros...

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