SAN, 26 de Enero de 2011

PonenteANA ISABEL MARTIN VALERO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:2011:226
Número de Recurso68/2010

SENTENCIA EN APELACION

Madrid, a veintiseis de enero de dos mil once.

Vistos los autos del Rollo de Apelación nº 68/2010, que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia

Nacional, ha promovido Rodrigo , asistido y representado del Letrado D. Pedro Mermejo García, contra la Sentencia del

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 7, de fecha 23 de octubre de 2009; habiendo sido parte apelada el

Ministerio del Interior, representado por el Abogado del Estado. Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª ANA MARTIN VALERO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por el recurrente expresado se interpuso recurso de apelación, mediante escrito presentado en fecha 23 de noviembre de 2009, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 26 de noviembre de 2009, dándose traslado del recurso por el Juzgado a las demás partes.

SEGUNDO.- El Abogado del Estado presentó escrito en fecha 22 de diciembre de 2009, oponiéndose a la apelación y solicitando la desestimación del recurso.

TERCERO.- Por providencia de fecha 4 de enero de 2010, se tuvo por formalizada oposición al recurso de apelación, acordándose elevar los autos y el expediente administrativo, con atento oficio remisorio a esta Sala.

CUARTO.- Por Providencia de esta Sala, se señaló para votación y fallo de este recurso el día 26 de mayo de 2010, que fue suspendido para requerir a la Administración determinada información, así como la traducción al español de todos los documentos que obran en el expediente en idioma inglés.

QUINTO.- Una vez cumplimentado el requerimiento se dio traslado a las partes para alegaciones, tras lo cual se señaló para votación y fallo el día 22 de diciembre de 2010, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Rodrigo interpone recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 9 de fecha 23 de octubre de 2009 , que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la misma contra la resolución de la Dirección General de Política Interior, por delegación del Ministro del Interior, de fecha 21 de abril de 2009, que inadmite a trámite su solicitud de asilo en España, por concurrir la circunstancia contemplada en la letra e) del artículo 5.6 de la Ley de Asilo , por cuanto el examen de la solicitud corresponde a Irlanda de conformidad con los criterios establecidos en el Reglamento (CE) nº 343/2003, de 18 de febrero de 2003 , país que aceptó su responsabilidad en fecha 21 de abril de 2009.

La sentencia desestima el recurso, rechazando la falta de motivación de la resolución administrativa, y en cuanto a las alegaciones del recurrente sobre la causa de inadmisión aplicada, señala que el demandante presentó solicitud de asilo en España el 25 de febrero de 2009, estando en vigor el Reglamento (CE) núm. 343/2003 , que había venido a sustituir al Convenio de Dublín, para la determinación del Estado responsable de examinar las solicitudes de asilo en Irlanda, y que España remitió a dicho Estado petición de asunción de responsabilidad que Irlanda ha asumido, por lo que la fundamentación del acto administrativo impugnado resulta conforme a derecho, de modo que no pueden prosperar las razones que esgrime la parte apelante, y será la República de Irlanda quien podrá acordar respecto a cuantas cuestiones plantee tanto la pretendida solicitud de asilo, como peligros que pueda conllevar su...

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