SAN, 19 de Enero de 2011

PonenteCONCEPCION MONICA MONTERO ELENA
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2011:7
Número de Recurso583/2009

SENTENCIA

Madrid, a diecinueve de enero de dos mil once.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha

promovido Talleres Gapa S.L., y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Isabel Sánchez Ridao, frente a la

Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Ministerio de Economía

y Hacienda de fecha 22 de julio de 2009, relativa a incumplimiento de condiciones particulares en Incentivos Regionales, siendo

la cuantía del presente recurso de 28.802,36 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Se interpone recurso contencioso administrativo promovido por Talleres Gapa S.L., y en su nombre y representación la Procuradora Sra. Dª Isabel Sánchez Ridao, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 22 de julio de 2009, solicitando a la Sala, declare la nulidad de la Resolución que nos ocupa y el derecho a la subvención.

SEGUNDO: Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.

Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.

TERCERO: Habiéndose solicitado recibimiento a prueba, tenido por reproducido el expediente y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día dieciocho de enero de dos mil once.

CUARTO: En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO: Es objeto de impugnación en autos la Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda de fecha 22 de julio de 2009, por la que se declara el incumplimiento de las condiciones particulares para la obtención de la subvención correspondiente al expediente V/1088/P12.

El motivo por el que se declara el incumplimiento se refiere a incumplimiento de las condiciones particulares relativa a inversión y mantenimiento de puestos de trabajo, ya que, debiendo mantenerse 18 puestos de trabajo de los cuales 13 debían estar cubiertos con los contratos admitidos, siendo que al finalizar el periodo de vigencia la empresa tenía 15 puestos de trabajo.

SEGUNDO: El artículo 7 de la Ley 50/1985 de 27 de diciembre , dispone que el incumplimiento imputable al beneficiario de la subvención, de las condiciones impuestas en la concesión de la misma, dará lugar a la perdida total o parcial de dichos beneficios.

Pues bien, partiendo de la idea de que los incentivos económicos tienen por finalidad el desarrollo económico de la zona y la...

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