SAN 62/2006, 21 de Noviembre de 2006

PonenteCLARA EUGENIA BAYARRI GARCIA
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2006:5272
Número de Recurso5/2006

FELIX ALFONSO GUEVARA MARCOS FERNANDO GARCIA NICOLAS CLARA EUGENIA BAYARRI GARCIA

ROLLO DE LA SALA N° 5/2006

Procedimiento Penal ABREVIADO N° 34/2004

Juzgado de Instrucción Central N° 5

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

Ilmo. Sr. Presidente:

D.: Félix Alfonso Guevara Marcos

Ilmos. Srs. Magistrados:

D.: Fernando García Nicolás

Dª: Clara Eugenia Bayarri García

En la villa de Madrid, el día 21 de Noviembre de 2006, la sección primera de la Sala Penal de la

Audiencia Nacional, ha dictado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA N° 62/2006

En el Procedimiento Abreviado N° 34/2004, procedente del Juzgado Central N° 5, seguido por un delito enaltecimiento del terrorismo de del artículo 578 del Código Penal, en el que han sido partes, como acusador público: el Ministerio Fiscal, representado por la Iltma. Sra. Dª. Blanca Rodríguez García; como acusación particular: la Asociación de Víctimas del Terrorismo, representada por el procurador de los Tribunales D. José Pedro Vila Rodríguez, y asistida por el Sr. Letrado D. Emilio Murcia Quintana, y como acusados D Jose Ángel, D. Lucas, D. Eugenio, D. Alonso, D. Luis Alberto y D Salvador, asistidos todos ellos por el Sr. Letrado D. JOSÉ LUÍS GALÁN MARTÍN, y representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Da Esther Rodríguez Pérez. Todos ellos comparecen al plenario en situación de libertad provisional, sin que hayan estado privados de libertad por esta causa.

Ha sido Ponente la Magistrada Sra. Clara Eugenia Bayarri García, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes diligencias se inician como Diligencias Previas número 34/2004 del Juzgado de Instrucción Central número 5, en fecha 2 de febrero de 2004, que, por Auto de fecha 19 de enero de 2006 se acomodaron a los trámites del Procedimiento Abreviado, dictándose en fecha 15 de marzo de 2006 auto de apertura de juicio oral para ante la Sección Primera de la Sala Penal de la Audiencia nacional, contra Jose Ángel, Lucas, Salvador, Eugenio, Alonso y Luis Alberto, por un delito de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578 del Código Penal.

SEGUNDO

Por Providencia de 26 de abril de 2006 se acordó elevar las actuaciones a la Sala, donde tuvieron entrada en fecha 5 de mayo de 2006, donde, por Auto de fecha 29 de mayo de 2006 se declaró la pertinencia de las pruebas propuestas, y se señaló la celebración del juicio oral para el día 2 de noviembre de 2006 a las 10'00 horas, en que éste tuvo lugar.

TERCERO

En el día y hora señalados y oídas las partes sobre el planteamiento de artículos de previo pronunciamiento, competencia del Tribunal, vulneración de algún Derecho fundamental, causas de suspensión del juicio oral así como sobre el contenido, finalidad o nueva proposición de pruebas, sin que se plantease cuestión alguna, una vez subsanada la anterior composición del Tribunal, se celebró la vista oral con presencia de los acusados, asistidos por su Letrado, con el resultado que consta documentado en la oportuna acta extendida por la Sra. Secretaria Judicial.

CUARTO

Por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas se calificaron los hechos enjuiciados como constitutivos de un delito de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578 del Código Penal, del que estima autores conforme al artículo 28 CP a los acusados, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le imponga a cada uno de ellos la pena de un año y seis meses de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y para ejercer la profesión de cantante durante el mismo tiempo, así como la pena de inhabilitación absoluta por un tiempo superior a seis años al de la duración de la pena impuesta.

Por la acusación particular se calificaron los hechos enjuiciados como constitutivos de un delito del artículo 578 del Código Penal del que responden como autores los acusados a quienes interesa se imponga la pena de dos años de prisión.

QUINTO

Por la defensa de los acusados, en igual trámite, se elevaron a definitivas sus conclusiones provisionales, conforme a las cuales, se discrepaba del dictamen y solicitud del Ministerio Fiscal y de la acusación particular, manifestando que los hechos objeto de enjuiciamiento no son constitutivos de ilícito penal alguno, en concreto, no constituyen delito del artículo 578 del Código Penal, por lo que estima procede la libre absolución de sus defendidos, con toda clase de pronunciamientos favorables, y expresa imposición a la acusación de las costas del procedimiento. Concedida la palabra al procesado en trámite de última alegación, por el acusado Jose Ángel reiteró lo ya expresado con anterioridad respecto a la naturaleza pacifista del grupo, rechazando toda clase de violencia en general, y la de ETA en particular, que nunca han enaltecido al terrorismo ni se han mofado de sus víctimas sin tener nada que añadir, no manifestando nada más el resto de los acusados en este trámite..

SEXTO

Observadas las normas del procedimiento.

Probados, y así expresamente se declaran, los siguientes hechos:

En 1988 se formó en Vitoria el grupo musical "SOZIEDAD ALKOHÓLIKA", de línea "punk rock", cuya trayectoria musical se ha mantenido hasta el día de hoy, entre cuyos componentes se encuentran:

Jose Ángel, (Vocal del Grupo " Juan").

Mayor de edad, nacido el 20 de septiembre de 1968 en Vitoria, hijo de Miguel Angel y de María Lucía. Sin antecedentes penales.

- Eugenio (Guitarra, "Jimmy")

Mayor de edad, nacido el 5 de septiembre de 1968 en Vitoria, hijo de José María y María Rosa. Sin antecedentes penales.

- Luis Alberto, (Guitarra, "Javi")

Mayor de edad, nacido el 21 de julio de 1973 en Arrigorriaga (Vizcaya), sin antecedentes penales.

- Lucas, (Batería, "Roberto"), mayor de edad, nacido el 7 de marzo de 1967 en Vitoria, hijo de Eladio y de Teresa, sin antecedentes penales., y

- Alonso, (Bajo, "Pirulo")

Mayor de edad, nacido el 8 de diciembre de 1971 en Vitoria, sin antecedentes penales.

Siendo el Mánager, o representante artístico del grupo Salvador, mayor de edad, nacido el 20 de noviembre de 1965 en Guipúzcoa, hijo de Javier y María Concepción, sin antecedentes penales.

Dicho grupo musical fue inscrito en el registro de Patentes y Marcas en fecha 4 de noviembre de 1994, y, hasta el día de hoy, han creado un centenar de letras de canciones, producidas a través de la empresa discográfica "MIL A GRITOS RECOR DS, S.L.", recogidas en una decena de discos y un vídeo musical. Han colaborado como soporte musical de películas, así como en el recopilatorio de Amnistía Internacional "Los queremos Vivos," junto con otros autores. Entre ellos, se encuentran los discos cuyas canciones son objeto de acusación:

1).- Disco "Y ese que tanto habla, está totalmente hueco, ya sabéis que el cántaro vacío es el que más suena". Grabado en 1993. Forman parte de dicho disco las canciones" Síndrome del Norte" y "Ya Güelen"

2).- Disco "Ratas" grabado en 1995, en el que se incluye la canción " "Explota Zerdo!"

3).- Disco "No intente hacer eso en su casa" grabado en 1997, al que pertenece la canción "Palomas y Buitres" y

4).- Disco "Tiempos oscuros" grabado en 2003 y que incluye la canción "Stop criminalización"

Las letras, de dichas canciones, son las siguientes:

- "Síndrome del norte"

Siempre que sales de tu casa Tú vas todo acojonao mirando para todos los laos ese bulto del sobaco es poco disimulao

al llegar asta el cotxe dejas las llaves caer ¿no sea ke halla un bulto raro? y que te haga volar como a carrero, como a carrero ay que jodido es ser " madero" en un lugar donde me consideran extranjero ¡porromponpero!

/

esque la paranoia en tu cabeza es tal ke krees que todos te kieren matar, 'tú tio, ten cuidado! no hagas gestos raros mira que sako el fusko/y te vuelo el cráneo

¡Joder! con lo bien ke yo estaba, que estaba con mi mama pa'ke cono me han mandao pa'aka "virgen de la macarena! MARTXATE; VETE A ESPAÑA!..

- "Ya Güelen" Hay que ver ké divertido es vivir Rodeados de guardia civil Lo bonito que es pasear por la Ciudad, controlados por un municipal Es algo espectacular cuando ves al "beltza" matxacar, excitante ira un bar, y ke te sake a ostias la "nacional" ¡hay qué bien! ¡ké alegría! Me ha parao la policía Como casi todos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 656/2007, 17 de Julio de 2007
    • España
    • Tribunal Supremo, sala segunda, (penal)
    • 17 Julio 2007
    ...Manuel Matías, Emilio Y Pedro Jesús, y una vez concluso lo remitió a la Sala Penal, Sección Primera de la Audiencia Nacional, con fecha 21 de noviembre de 2006, dictó sentencia, que contiene los HECHOS PROBADOS: Probados, y así expresamente se declaran, los siguientes hechos: En 1988 se for......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR