SAN, 9 de Febrero de 2011

PonenteJOSE MARIA GIL SAEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2011:546
Número de Recurso642/2009

SENTENCIA

Madrid, a nueve de febrero de dos mil once.

VISTO por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso-

administrativo número 642/2009, promovido por D. Samuel , representado por la Procuradora de los Tribunales Doña

Ana de la Corte Macias, contra la Resolución del Jefe del Estado Mayor del Ejercito de Tierra, de fecha 10 de diciembre de 2008,

por la que se inadmite el recurso de alzada interpuesto contra las Resoluciones 551/10553/08 y 551/10554/08, de 26 de junio de

2008, por las que se regulan y se designan a los concurrentes al I Curso de Adaptación para la incorporación a la Escala de

Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo los empleos de Teniente Coronel y Comandante en dicha Escala y al I Curso de

Adaptación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo el empleo de Capitán en dicha Escala;

habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Las Resoluciones 551/10553/08 y 551/10554/08, de 26 de junio de 2008, del General Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina, regularon, respectivamente, el I Curso de Adaptación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo los empleos de Teniente Coronel y Comandante en dicha Escala y el I Curso de Adaptación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo el empleo de Capitán en dicha Escala.

Las mismas Resoluciones, en sus Anexos I, designaron a los oficiales que concurrirían a los referidos Cursos, figurando el hoy demandante en el correspondiente al empleo de Capitán.

Disconforme con esa designación y pretendiendo serlo para el Curso relativo a los empleos de Teniente Coronel y Comandante, dedujo recurso de alzada, por Resolución del General de Ejercito JEME, de fecha 10 de diciembre de 2008, se acuerda inadmitir el referido recurso.

SEGUNDO.- Interpuesto recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que cumplimentó en un escrito en el que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando una sentencia: "... por la que se declare nula dicha resolución, por ser contraria a derecho y, en su lugar, se declare el derecho de mi parte a ser convocado al próximo Curso de actualización para el ascenso a Comandante, retrotrayéndose los efectos de la superación a fecha 12 de junio de 2009, fecha de finalización del I Curso de adaptación para ejercer las funciones de Teniente Coronel y Comandante al que debió ser convocado, para que surta los efectos procedentes respecto de la antigüedad en el futuro ascenso".

Dado traslado al Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en un escrito en el que, tras consignar los hechos y los fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una sentencia "que desestime el recurso contencioso administrativo, declarando las resoluciones administrativas impugnadas conformes a Derecho".

Habiéndose recibido el pleito a prueba, y practicada, la que propuesta fue admitida, con el resultado que obra en autos, se concedió a las partes, sucesivamente, el plazo de diez días para que presentaran escrito de conclusiones, lo que efectuaron ratificándose en sus respectivas pretensiones.

Concluso el procedimiento, se señaló para votación y fallo el día 8 de febrero del presente año, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE MARIA GIL SAEZ, Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El recurso contencioso-administrativo se dirige contra la Resolución de 24 de octubre de 2008, del General de Ejército, Jefe del Estado Mayor del Ejército, que desestimó el recurso de alzada deducido contra las Resoluciones 551/10553/08 y 551/10554/08, de 26 de junio de 2008, por las que se regulan y se designan a los concurrentes al I Curso de Adaptación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo los empleos de Teniente Coronel y Comandante en dicha Escala y al I Curso de Adaptación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Ley 39/2007 ejerciendo el empleo de Capitán en dicha Escala, respectivamente.

El demandante, después de negar la extemporaneidad que recoge la resolución administrativa impugnada por no expresión de los recursos que eran admisibles contra las Resoluciones precitadas, alega que fue designado para concurrir al Curso de Adaptación relativo al empleo de Capitán, pretendiendo serlo al correspondiente a los empleos de Teniente Coronel y Comandante, como ha ocurrido con otros compañeros de la misma Promoción, al pertenecer a la misma promoción que otros que han sido convocados para el otro Curso, generándose la división entre Capitanes de la misma promoción, en el sentido de que sean llamados a Cursos distintos, conculcándose el principio de igualdad.

Frente a ello, el Abogado del Estado, no obstante, el pronunciamiento de inadmisión que contiene el acto administrativo impugnado, en cuanto al fondo, mantiene la legalidad y el acierto de la resolución impugnada, advirtiendo de que el principio de igualdad sólo despliega sus efectos dentro de la legalidad, así como de que no se está tanto ante un supuesto de integración como...

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