SAN, 13 de Abril de 2011

PonenteJESUS CUDERO BLAS
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2011:2114
Número de Recurso358/2009

SENTENCIA

Madrid, a trece de abril de dos mil once.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha

promovido D. Doroteo , representado por el Procurador don JOSÉ MANUEL DÍAZ PÉREZ , contra la resolución

de la Secretaria de Estado de Educación y Formación de fecha 3 de abril de 2009, por la que se desestimó el recurso de

reposición interpuesto frente a resolución anterior de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por la que

se denegó al recurrente la beca solicitada para cursar en el período académico 2007/2008 estudios de tercer curso de Ingeniero

Técnico en Informática de Sistemas. Ha sido parte en autos la Administración del Estado, representada y defendida por el

Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley de la Jurisdicción, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 22 de octubre de 2009 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anulen las resoluciones recurridas y se reconozca el derecho del actor a la beca por estudios solicitada por importe de 3.369,31 euros.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda por escrito de 5 de enero de 2010, en el que solicitó la desestimación del recurso y la confirmación del acto impugnado por ser conforme a Derecho.

TERCERO

Concluso el proceso, la Sala señaló, mediante providencia, la audiencia del día 12 de abril de 2011 para su votación y fallo, fecha en la que, efectivamente, se votó y falló el recurso.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS CUDERO BLAS , quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso la resolución de la Secretaria de Estado de Educación y Formación de fecha 3 de abril de 2009, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto frente a resolución anterior de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por la que se denegó al recurrente la beca solicitada para cursar en el período académico 2007/2008 estudios de tercer curso de Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas.

Son antecedentes de interés para la solución del caso, a la vista del expediente administrativo y de los documentos que constan en autos, los siguientes:

  1. El recurrente solicitó del Ministerio de Educación la ayuda para cursar estudios universitarios de tercero de Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, consignando en su instancia como domicilio el sito en la calle Lérida de Valencia y señalando que es independiente económicamente.

  2. Las resoluciones recurridas denegaron la beca solicitada por no acreditar suficientemente su independencia económica y familiar conforme a las exigencias del artículo 24 de la Convocatoria.

  3. Frente a tales actos administrativos la interesada aduce que ha probado de manera indubitada que vive independiente y que percibe ingresos al margen de su familia suficientes al respecto.

SEGUNDO

La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 18 de junio de 2007, por la que se convocan las ayudas solicitadas,...

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