SAN, 29 de Septiembre de 2011

PonenteFERNANDO DE MATEO MENENDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2011:4255
Número de Recurso755/2010

SENTENCIA

Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil once.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso- administrativo número 755/10 , interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de DOÑA Angustia , contra la resolución de 1 de octubre de 2010 de la Secretaría General de Universidades, que confirma en reposición la resolución por la que se denegó la beca a la actora para cursar en el año 2009/2010, 5º Licenciado en Filología Árabe. Ha sido parte LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO , representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO .- Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 8 de abril de 2011 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO .- Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO .- Mediante Auto de 3 de mayo de 2011 se denegó el recibimiento del recurso a prueba, no siendo recurrido por las partes, quedando las actuaciones pendientes de señalamiento y votación, acordándose el mismo para el día 27 de septiembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

SIENDO PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Don FERNANDO DE MATEO MENENDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO .- La demandante impugna la resolución de 1 de octubre de 2010 de la Secretaría General de Universidades, que confirma en reposición la resolución por la que se denegó la beca a la actora para cursar en el año 2009/2010, 5º Licenciado en Filología Árabe, por superar los umbrales patrimoniales establecidos por la Convocatoria para la concesión de Beca y Tasas académicas oficiales.

Alega la actora, en síntesis, que solamente se tiene que computar el valor patrimonial de su padre, no de su segunda mujer que heredó de su familia,...

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