SAN, 8 de Enero de 2013

PonenteANA ISABEL RESA GOMEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2013:3
Número de Recurso474/2011

SENTENCIA

Madrid, a ocho de enero de dos mil trece.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido MEDIASET ESPAÑA COMUNICACION S.A. y en su nombre y representación el Procurador Sr. D. Manuel Sánchez- Puelles, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución de la CNC de 29 de julio de 2011, relativa a sanción, siendo la cuantía del presente recurso de 3.600.000#.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo promovido por Mediaset España Comunicación, S.A. y en su nombre y representación el Procurador Sr. D. Manuel Sánchez-Puelles, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución de la CNC de fecha 29 de julio de 2011, por la que se impone a la actora una sanción de 3.600.000# de acuerdo con lo prevenido en el apartado 1.c) del artículo 63 de la LDC .

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.

Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.

TERCERO

No solicitado el recibimiento del pleito a prueba y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día 18 de diciembre de dos mil doce.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma. Habiendo sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª ANA ISABEL RESA GOMEZ.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto de impugnación en autos la Resolución de la CNC de fecha 29 de julio de 2011, por la que se impone a la actora una sanción de 3.600.000# de acuerdo con lo prevenido en el apartado

  1. c) del artículo 63 de la LDC, por incumplimiento del plazo contemplado en la resolución del Consejo de 28 de octubre de 2010 en el expediente C/0230/10 Telecinco/Cuatro para la presentación de la propuesta del Plan de Actuaciones, lo que supondría una infracción del artículo 62.4.c) de la Ley 15/2007, de 3 de julio de Defensa de la Competencia .

SEGUNDO

Son Datos fácticos a tener en cuenta para la resolución del presente contencioso, los siguientes: 1.- En el dispositivo segundo de la resolución del Consejo de la CNC de 28 de octubre de 2010 por el que se aprueba la operación de concentración Telecinco/Cuatro sujeta a determinados compromisos propuestos por Telecinco el 19 de octubre de 2010, se concede "a Telecinco el plazo de un mes desde la fecha en que la resolución sea ejecutiva para presentar ante la CNC un plan de actuaciones para la instrumentación de los compromisos en ella contenidos". 2.- Dicha resolución fue plenamente ejecutiva el 11 de noviembre de 2010 fecha en la cual la Ministra de Economía y Hacienda resolvió que no procedía su elevación al Consejo de Ministros. 3.- El 21 de diciembre de 2010, habiendo transcurrido ya 10 días tras la finalización del plazo de un mes para presentar el Plan de Actuaciones, sin haber recibido la propuesta de Telecinco al respecto, la Dirección de Investigación requirió a Telecinco su presentación dando un plazo de diez días para contestar al requerimiento. 4.- El 23 de diciembre de 2010 Telecinco solicitó la ampliación del plazo de diez días, que le había otorgado la DI para la presentación del Plan de Actuaciones, a lo que dicha Dirección accedió acordando ampliar el plazo en cinco días. 5.- Con fecha 28 de diciembre de 2010 se consumó la adquisición por Telecinco del control exclusivo de Cuatro y con fecha 13 de enero de 2011 tuvo entrada en la CNC la primera propuesta de plan de actuaciones de Telecinco.

TERCERO

La parte actora alega como fundamento de su...

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