SAN 53/2013, 26 de Julio de 2013

PonenteJAVIER MARTINEZ LAZARO
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 1ª
ECLIES:AN:2013:3586
Número de Recurso18/2011

AUDIENCIA NACIONAL

Sala de lo Penal

Sección Primera

ROLLO DE SALA Nº 18/2011

SUMARIO 6/2011

JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 1

Presidente:

D. Fernado Grande Marlaska

Magistrados:

Dª. Manuela Fernández Prado

D. Javier Martínez Lázaro (Ponente)

S E N T E N C I A Nº 53/2013

En Madrid, a 26 de Julio de 2013

Este Tribunal ha visto en juicio oral y público la causa referenciada seguida por delito contra la salud pública.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal, representado por Doña Inmaculada Ávila Serrano

Como acusados comparecieron:

  1. - Caridad, nacida el NUM000 /1979 en Salamina Cardas (Colombia), NIE NUM001, representada por la procuradora Sra. Diaz Cañizares y defendida por al Letrada Montserrat Carrasco Pinto. En prisión desde el 8/3/2010 (detención 5/3/2010), hasta el 18/05/2011 en que fue puesta en libertad.

  2. - Luis Francisco, nacido el NUM002 /1958 en Colombia, NIE NUM003, representado por el procurador Sr. Del Alamo y defendido por la letrada María Riansares Horcajada Niño. En prisión desde el 8/3/2010 (detención 5/3/2010), hasta el 11/04/2011 en que fue puesto en libertad.

  3. - Casiano, nacido el NUM004 /1963 en Colombia, NIE NUM005, representado por el Sr. GarcíaMontón González y defendido por la letrada María Lancho Cáceres. En prisión desde el 16/4/2010 (detención 13/4/2010) hasta el 4/5/2011 en que fue puesto en libertad.

  4. - Higinio, nacido el NUM006 /1982 en Colombia, hijo de Esnardo y Luz Mary, NIE X04795098N, representado por el procurador Sr. Navas García y defendido por el letrado Felipe Aguado. En prisión desde el 16/4/2010 (detención 13/4/2010) hasta el 4/5/2011 en que fue puesto en libertad.

  5. - Rodolfo, nacido el NUM007 /1976 en Jerez (Cádiz), DNI núm. NUM008, representado por la procuradora Sra. Briales Rute y defendido pro el letrado Sr. Heredia García. En prisión desde el 8/3/2010 (detenido el 5/3/2010) hasta el 12/11/2010 en que fue puesto en libertad. 6.- Juan Enrique, nacido el NUM009 /1955 en Colombia, NIE NUM010, representado por el procurador Sr. Del Alamo García y defendido por la letrada María Rosa lancho López. En libertad por esta causa.

  6. - Adelaida, nacida el NUM011 /1985 EN Sevilla, DNI núm. NUM012, representada por el procurador Sr. Pérez de Rada Gonzalez Castejón y defendida por el letrado Jesús Rojo Alonso. En prisión desde el 8/3/201 ( detenida el 5/3/2010) hasta el 20/7/2010 en que fue puesta en libertad.

  7. - Fabio, nacido el NUM013 /1971 en Colombia, hijo de Jesús y de María Eugenia, NIE NUM014, representado por el procurador Sr. Cabrero del Nero y defendido por el letrado José María Díaz Malla. En libertad por esta causa.

  8. - Miguel, nacido el NUM015 /1975 en Colombia, NIE NUM016, representado por la procuradora Sra. Lozano Montalvo y defendido por el letrado Marco Antonio Díaz Moreno. En libertad por esta causa.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente procedimiento fue incoado por un delito de tráfico de drogas. Se dictó auto de procesamiento el día 15 de febrero de 2011. Se dictó auto de conclusión de sumario el 13 de junio de 2011, elevándose las actuaciones a esta Sala el día ocho de julio de 2011.

  2. - El Ministerio Fiscal, en fecha 1 de marzo de 2012, presentó escrito de acusación considerando los hechos constitutivos de un delito de Contra la Salud Pública (de sustancia que causa grave daño a la salud) del artículo 368, 369 bis del Código Penal .

    Consideró autores de los mismos a todos los acusados, concurriendo la agravante de jefatura en Casiano y Juan Enrique .

    Concurre la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de reincidencia en Rodolfo .

    Pidió se impusiesen las siguientes penas:

    A Casiano y Juan Enrique, la pena de DIECISIETE AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y MULTA de 153.255 euros.

    A Higinio, Caridad y Miguel, la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y MULTA DE 122.604 euros.

    A Luis Francisco, Rodolfo, Adelaida, Fabio, la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta, Y MULTA DE 122.604 euros.

    Procede decretar el comiso y destrucción inmediata de la droga incautada, así como de las muestras obtenidas una vez sea firme la sentencia.

    Procede, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 127 y 374 del Código Penal, el comiso del dinero, vehículos y efectos incautados, que deberán ser adjudicados al Estado, a los que se dará el destino previsto en la Ley 17/03 de 29 de mayo por la cual se regula el Fondo para bienes decomisados procedentes del tráfico de drogas y otros delitos relacionados.

  3. - Las defensas de los acusados invocaron la nulidad de las escuchas realizadas y en consecuencia de la prueba obtenida, consideraron que los hechos no eran constitutivos de delito, y pidieron la libre absolución de sus representados. Alternativamente la defensa de Adelaida pidió se le considerase cómplice del delito del que fue acusada y con la concurrencia de la circunstancia atenuate de drogadicción pidió se le impusiese la pena de una años y medio de prisión. Alternativamente la defensa de Juan Enrique pidió se le aplicase la eximente del art. 20.1 o 21.1 y 7 del Código Penal por la enfermedad de Alzeimer que padece.

  4. - El juicio Oral se inició el día 30 de mayo de 2013 continuando en distintas sesiones y finalizando el día uno de julio de 2013 en el que quedó visto para sentencia.

    HECHOS PROBADOS

    Caridad, alias " Diamante " y " Princesa ", súbdita colombiana, en los meses finales de 2009 y hasta el momento de su detención el cinco de marzo de 2010, se dedicaba al tráfico de cocaína en las provincias de Cádiz y Sevilla. Con dicha finalidad Caridad adquiría la cocaína en Madrid que era remitida desde Colombia, sin que conste la forma de envío, por el denominado " Chipiron " en ignorado paradero. En Madrid colaboraban con Caridad en la recepción, corte y distribución de la droga Casiano, alias " Cabezon " y Higinio . Una vez conseguida la sustancia estupefaciente, con la ayuda de Luis Francisco la transportaba al domicilio común de ambos en Cabezas de San Juan (Sevilla) donde la adulteraba con diferentes productos y la distribuía entre otros traficantes en la zona de Sevilla y Cádiz, quienes la revendían a terceros y la hacían llegar a los consumidores directos de la misma. Entre éstos traficantes, Caridad abastecía de cocaína a Rodolfo, quien a su vez distribuía la sustancia en Jerez de la Frontera. Adelaida colaboraba con Caridad en la búsqueda de clientes para la distribución de la droga en la localidad de Cabezas de San Juan donde residían ambas a cambio de una comisión.

    Tras la detención de Caridad, Juan Enrique, quien con anterioridad había vivido en España, se desplazó desde Colombia para interesarse por su situación, visitarla en la cárcel y recoger su ropa y efectos personales. " Chipiron ", con el que había convivido cuando se encontraba en España, le pidió que recogiese también algunos efectos de su propiedad. No se ha probado participase en el tráfico.

    Fabio era amigo de Higinio . Era titular de un locutorio al que acudía este sin que se haya probado que el locutorio se emplease para el tráfico de la droga y que Fabio participase en dicho tráfico.

    Miguel, con domicilio en Talavera de la Reina (Toledo), regentaba el locutorio "Orbitel" de la misma localidad y residió en la misma vivienda en la CALLE000 nº NUM017 en la que con anterioridad lo habían hecho el citado " Chipiron ", Juan Enrique, Caridad y Luis Francisco, sin que haya quedado acreditada su participación en el tráfico de la cocaína.

    El día 4 de marzo de 2010, con ocasión de que Caridad y Luis Francisco volvían de Madrid, de negociar sobre la sustancia estupefaciente que iban a adquirir, hacia la localidad en la que ambos residían, Cabezas de San Juan, viajando cada uno en un vehículo, en funciones de seguridad el de Caridad (Citroën Xara ....NNN ); una vez interceptados, en el vehículo que conducía Luis Francisco (Ford Tourneo .... PLQ ),

    preparado al efecto, o "caleteado" para esconder sustancia estupefaciente o cualquier otra sustancia, la policía les ocupó ocultos, concretamente en el interior del embellecedor de plástico, en la parte trasera izquierda del citado vehículo, cinco paquetes rectangulares de plástico debidamente precintados numerados con las letras F1, F2, F3, F4 Y M, de una sustancia, que, una vez analizada, resultó ser sustancia para realizar el corte de la cocaína. Así mismo, a Casiano, se le ocupó un papel manuscrito en el que constan diversas direcciones, entres la que aparece " CALLE001 NUM015, Jerez, Rodolfo " domicilio de Rodolfo .

    En la entrada y registro efectuada en el domicilio de Caridad -donde convivía con Luis Francisco -, sito en la CALLE002 nº NUM018 de la localidad de Cabezas de San Juan (Sevilla), se ocuparon entre otros efectos, 285 gramos de una sustancia, que, una vez debidamente analizada, resultó ser cocaína, con una pureza del 27,8%; y 219 gramos de una sustancia que, debidamente analizada, resultó ser cocaína, con una pureza del 31,4%; así como 46.870 Euros, producto del ilícito comercio, tres balanzas de precisión, distintas bolsas y botes con más de un kilo de sustancia para el corte; un pequeño laboratorio para manipular sustancia estupefaciente integrado por una prensa hidráulica, sellador térmico, varios moldes de acero y madera, productos químicos, mascarillas, guantes; una pistola detonadora modificada BBM, modelo 315 8 mm con nº de serie NUM019, en mal estado, no apta para el disparo y seis proyectiles; tres agendas, con anotaciones sobre cantidades de cocaína y dinero, apareciendo algunas de ellas referencias a un acusado rebelde y a Luis Francisco ; una cartilla de la entidad bancaria Banesto a nombre de la persona conocida como " Chipiron ". La sustancia intervenida tendría un valor en el mercado de 30.651 euros.

    A Casiano le ocuparon, entre otros efectos, 30.600 euros, en su domicilio producto de la ilícita venta. En el locutorio en el que trabajaba se intervinieron 4.830...

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