SAN 61/2014, 28 de Marzo de 2014

PonenteRICARDO BODAS MARTIN
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2014:1249
Número de Recurso44/2014

SENTENCIA

Madrid, a veintiocho de marzo de dos mil catorce.

En el procedimiento nº 44/14 seguido por demanda de MIEMBROS DE LA COMISIÓN REPRESENTATIVA ERE NUM000 Dª Celsa, Dª Debora, Dª Emma, Dª Eugenia, Dª Florinda,

  1. Pedro Enrique, D. Adriano, D. Alfredo, D. Apolonio (letrada Dª Ana María Plaza Riverola) contra HERA TRATESA, S.A.U. (letrada Dª Raquel Ichart Ruiz) sobre conflicto colectivo. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. RICARDO BODAS MARTIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 19-02-2014 se presentó demanda por Dª Celsa, Dª Debora

, Dª Emma, Dª Eugenia, Dª Florinda, D. Pedro Enrique, D. Adriano, D. Alfredo, D. Apolonio contra HERA TRATESA, S.A.U. en impugnación de despido colectivo.

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 25-03-2014 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosí es de prueba.

Tercero

Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.

Cuarto

- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, por la que se aprobó la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debe destacarse, que las partes debatieron sobre los extremos siguientes: Dª Celsa, Dª Debora, Dª Emma, Dª Eugenia, Dª Florinda, D. Pedro Enrique, D. Adriano, D. Alfredo, D. Apolonio (RT desde aquí) ratificaron su demanda de impugnación de despido colectivo, mediante la cual pretenden se declare nulo o subsidiariamente injustificado. - Aclaró, no obstante, el hecho segundo de la demanda, precisando que la empresa promovió un despido colectivo el 25-11-2013, del que desistió el 11-12-2013, fecha en la que notificó a la RT su decisión de promover un nuevo despido colectivo. HERA TRATESA, SAU (TRATESA desde ahora) se opuso a la demanda, señalando, en primer término, que promovió un despido colectivo, cuyo período de consultas se negoció conjuntamente con HERA AMASA. - Destacó que el período de consultas concluyó sin acuerdo y que se despidieron 27 trabajadores, reduciéndose el número inicial, que fue de 42 puestos de trabajo, incluyéndose a don Edemiro

, quien prestaba servicios en el domicilio de un cliente, que rescindió el servicio y a don Estanislao, quien presta servicios en el centro de San Sebastián de los Reyes. Admitió que el 25-11-2013 promovió un despido colectivo basado en causas económicas, productivas y organizativas, del que desistió finalmente, a propuesta de la RT, quien admitió la documentación, aportada en el procedimiento citado, en el iniciado posteriormente. -El nuevo despido colectivo se apoyó únicamente en causas económicas, aportándose toda la documentación, exigida legal y reglamentariamente, así como múltiples documentos solicitados por la RT. Admitió, así mismo, que se afectó inicialmente a 42 puestos de trabajo, en una empresa, que cerró el ejercicio 2013 con 4 MM euros de pérdidas y una deuda financiera de 40 MM euros, reduciéndose finalmente a 27 puestos de trabajo, aunque la RT no realizó contrapropuesta alguna, pese a la insistencia de la empresa, hasta la penúltima reunión. - Subrayó, además, que en el período de consultas nunca se debatieron las causas, limitándose la RT a defender que no eran proporcionales con la medida. Mantuvo que la causa era económica y no productiva, habiéndose entregado las cuentas provisionales a septiembre de 2013 y que se examinaron puesto a puesto aquellos que debían extinguirse, con criterios de ahorro de costes o por supresión de actividades. - Abundó, a estos efectos, que los servicios corporativos de la empresa se habían reducido al desaparecer buena parte de las sociedades del grupo a las que prestaban servicios, suprimiéndose el área de Seguros, al igual que la planta de Álava que está cerrada actualmente. Reiteró que se había entregado toda la documentación legal y reglamentaria y toda la que se pidió, cuando se disponía de la misma, aunque hubo que crear ad hoc buena parte de los documentos solicitados. - Reiteró también que la RT no cuestionó nunca la concurrencia de causas, como no podría ser de otro modo, puesto que en los tres primeros trimestres de 2013 se produjeron pérdidas de 1, 6 MM euros, que concluyeron con pérdidas de 4, 7 MM euros durante todo el ejercicio, lo que sucedió, así mismo, en HERA HOLDING, quien perdió en 2013 la cantidad de 3.257.000 euros. - Destacó, que no estaba obligada a entregar el plan de viabilidad, cuyo origen fue la negociación de 50 MM euros de deuda financiera mantenida con los bancos. Subrayó finalmente, que la empresa se encuentra en una situación muy grave, porque no obtiene avales de los bancos, ni dispone, siquiera, de tarjetas de crédito, lo que le obliga inexcusablemente a extinguir los 27 puestos de trabajo, ya que las medidas previas - 7 medidas de flexibilidad interna en 2010; modificación sustancial con acuerdo en 2012; ERE en Palencia y Santander; introducción del copago en el servicio médico; reducción de salarios de los administradores desde 2010 y sustitución del servicio de prevención mancomunado por uno ajeno - no surtieron efecto, destacando que no se han producido nuevas subcontrataciones.

Quinto

- De conformidad con lo dispuesto en el art. 85, 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, se precisa que los hechos controvertidos y conformes fueron los siguientes: Hechos controvertidos: - Edemiro trabajaba en el cliente " PUIG" que desistió del servicio, se le incorporo por ello. - Estanislao esta en S. Sebastián de los Reyes. - En noviembre se hizo un ERE previo por causas económicas; hubo tres reuniones y se retiró a petición de los trabajadores. - Se promueve el presente ERE por causas económicas. - Inicialmente el ERE afecta a 42 trabajadores, a lo largo del periodo de consultas no hubo contrapropuestas salvo en la penúltima reunión en la que se pidió por trabajadores un incremento de Capital Social. - Hubo pérdidas en 2013 de 4 millones de euros y una deuda financiera de 40 millones de euros. - A lo largo del periodo de consultas no se cuestionaron las causas sí la proporcionalidad, por ello se redujo el número de afectados a 27.

- En el Acta 5ª la empresa requirió a los trabajadores que presentaran alternativas y no se hizo. - El ERE no se fundamenta en causas productivas. - Respecto de los criterios de afectación se examino puesto por puesto con los directores de área. - Los servicios corporativos para el grupo de administración tiene su base en la caída de ventas, en el cierre del departamento de seguros y el cierre de la planta de Álava. - Se despidió 5 trabajadoras protegidas, 3 en Palencia porque se cerró el departamento. - Se entrego toda la documentación.

- Hubo propuestas que se han negociado y explicado por la empresa. - Hubo pérdidas en 2013 de 4.700.000 euros. - Respecto del Holding pasa en 2011 a 2013 de 3 millones a 474.000 euros de beneficios. - El resultado de perdidas del grupo en 2013 asciende a 3.257.000 euros. - El descenso de facturación pasa de 38 millones a 34 millones de euros en el periodo 2012 a 2013. - En 2011 a 2012 el desfase es de 4 millones de euros.

- Se ha producido reducción de ingresos y ventas en tres trimestres consecutivos. - Por la empresa se esta renegociando la deuda financiera con los bancos que asciende a 50 millones de euros. - Se ha vendido un vertedero en Chile. - La empresa no puede obtener avales ni tarjetas de crédito. - La tesorería en 2012 era precaria y renegoció con los bancos. - La deuda a corto plazo es de 519.000 euros por la condonación de la deuda. - En 2010 ha habido 7 ERES. - Se produjo una modificación sustancial de condiciones de trabajo con acuerdo en 2012. - Se hizo un ERE en Palencia y otro en Santander. - Se ha modificado el copago medico.

- Se han reducido los salarios de los directivos desde 2010. - No hay subcontratas nuevas. - Se pasa del servicio de prevención mancomunado a uno ajeno.

Hechos pacíficos: - La empresa tiene 9 centros de trabajo, dos oficinas, una en Barcelona y otra en Cerdanyola. El procedimiento de despido ha afectado a 27 trabajadores se negoció junto con Hera Amasa. -En la retirada del ERE hubo un compromiso de validar la documentación aportada ya que iba ha iniciarse otro ERE. - Se entregaron las cuentas provisionales reales a 30/09/13. - Los criterios fueron la reducción de costes y el ahorro de costes por la reducción de actividad. - En el ejercicio 2011 a 2012 el resultado de explotación fue menos 2 millones de euros; en 2013 en los primeros tres trimestres hubo perdidas de 1.600.000 euros.

Resultando y así se declaran, los siguientes

HECHOS

PROBADOSPRIMERO .- HERA HOLDING HABITAT, ECOLOGIA Y RESTAURACIÓN AMBIENTAL S.L. y sociedades dependientes (el Grupo HERA, en adelante) en el ejercicio 2.012 está formado por la sociedad dominante HERA HOLDING HABITAT, ECOLOGIA Y RESTAURACIÓN AMBIENTAL S.L. junto con las siguientes sociedades participadas: - Hera Tratesa S.A.U. (subgrupo: Hera Amasa S.A.U. Coll Cardús Gas S.L., Fracciona Selecta S.L., Óxidos Recumet S.L. y Tarraco Gestió Mediambiental S.L.). - Hera Chile S.A. - Hera Colombia S.A. - Hera Iberoamericana S.A. - Iberoamericana Medioambiente S.A. - Hera Brasil Industria e Comercio Ltda - A.G. Ambiental S.A. - Hegar-Habitat, Ecología e Gestao Ambiental de Recursos Lda. - Hera Gas S.L. - BKE Biogas Klein Eichholz GmbH - STL, S.A. - E.S.P. - lndugarbi S.L.

- Aplicaciones Tecnológicas de Residuos Industriales S.L. - Nuevo Mondoñedo S.A.-ESP - Hera France S.A.S. - Plasmeco S.L.U. - Central de Valorización Castilla-La Mancha S.L. - Hera...

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