SAN 257/2016, 8 de Abril de 2016

PonenteFERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2016:1672
Número de Recurso294/2014

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN OCTAVA

Núm. de Recurso: 0000294 / 2014

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 02957/2014

Demandante: VODAFONE ESPAÑA, SAU

Procurador: Dª. ASCENSIÓN DE GRACIA LÓPEZ ORCERA

Demandado: COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y DE LA COMPETENCIA

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

D. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

D. JOSÉ ALBERTO FERNÁNDEZ RODERA

D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

Dª. ANA ISABEL GÓMEZ GARCÍA

Madrid, a ocho de abril de dos mil dieciséis.

VISTOS por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso administrativo nº 294/2014 promovido por la Procuradora de los Tribunales Dª. Ascensión de Gracia López Orcera, en nombre y representación de Vodafone España, SAU, contra resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de 24 de abril de 2014, por la que se impone sanción en cuantía de 3.116.000 euros por infracción del artículo 53.s) de la Ley 32/2003 .

Ha sido parte recurrida la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Frente a la resolución indicada, el recurrente interpuso recurso contencioso administrativo y reclamado el expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte recurrente para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en autos. Termina suplicando a la Sala se dicte sentencia dejando sin efecto el acto impugnado o, subsidiariamente, reduciendo el importe de la sanción, con imposición de costas a la administración.

SEGUNDO

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara a la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras expresar los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó solicitando que se dictara una sentencia inadmitiendo el recurso, desestimándolo o moderando la sanción, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Se practicó la prueba solicitada y admitida por la Sala, las partes presentaron por su orden escrito de conclusiones y las actuaciones quedaron pendientes de señalamiento para votación y fallo, la cual tuvo lugar el día 6 de abril de 2016.

CUARTO

La cuantía de este recurso es de 3.116.000 euros.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En primer se alega, por la Administración demandada, la falta de constancia de la aportación al proceso de la acreditación de las facultades para manifestar la voluntad de recurrir. Se afirma que no se ha dado traslado del escrito de interposición, siendo necesaria la manifestación de voluntad y la acreditación de las facultades para vincular a la parte recurrente con tal manifestación de voluntad.

La Sala considera que la documentación aportada es suficiente a los efectos del artículo 45.2.d) LRJCA . Así, se ha incorporado a autos manifestación expresa del Secretario del Consejo de Administración de Vodafone de interponer el presente recurso contencioso administrativo. El Consejo de Administración ha autorizado al referido Secretario para "decidir la interposición" de acciones judiciales en general o contencioso administrativas en particular. Se ha aportado también copia de los Estatutos de la entidad recurrente y del acta del Consejo de Administración en que se delega a favor del Secretario "la facultad que según los Estatutos de la Sociedad corresponde al Consejo de Administración, de decidir la interposición de o personación en acciones judiciales en general o contencioso administrativas en particular, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.2.d)...".

La resolución impugnada impone sanción de 3.116.000 euros a Vodafone, en el expediente SNC/ DTSA/388/13 por incumplimiento del Reglamento 531/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2012, relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles de la Unión. Se considera cometida una infracción tipificada en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS 1445/2018, 1 de Octubre de 2018
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 1 Octubre 2018
    ...8 de abril de 2016, dictada por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el recurso número 294/14 . Se ha personado como parte recurrida la Procuradora Dª. Ascensión de Gracia López Orcera en representación de VODAFONE ESPAÑA SAU, con la asis......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR