SAN, 22 de Julio de 2019

PonenteMARIA LUZ LOURDES SANZ CALVO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2019:3093
Número de Recurso154/2018

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN PRIMERA

Núm. de Recurso: 0000154 / 2018

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 01511/2018

Demandante: Paulino

Procurador: LUIS FERNANDO POZAS OSSET

Letrado: HECTOR CUELI GARCÍA

Demandado: AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

Abogado Del Estado

Ponente IIma. Sra.: Dª. LOURDES SANZ CALVO

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

D. EDUARDO MENÉNDEZ REXACH

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. FELISA ATIENZA RODRIGUEZ

Dª. LOURDES SANZ CALVO

D. FERNANDO DE MATEO MENÉNDEZ

Dª. NIEVES BUISAN GARCÍA

Madrid, a veintidos de julio de dos mil diecinueve.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso administrativo número 154/2018 interpuesto por el Procurador de los Tribunales Sr. Pozas Osset, en nombre y representación de D. Paulino, frente a la resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 7 de febrero de 2018, dictada en el procedimiento TD/01833/2017; ha sido parte en autos, la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

AN TECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso Contencioso-administrativo ante esta Sala de lo Contencioso administrativo de la Audiencia Nacional y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido emplazar a la actora para que formalizara la demanda, lo que así se hizo en escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho qué consideró oportunos, terminó suplicando que se dicte sentencia, por la que se anule la resolución recurrida y declare que Microsoft Corporation debe atender el derecho de oposición y desindexar los cinco enlaces referenciados en la demanda del índice de resultados de las búsquedas con los dos apellidos del reclamante, con imposición de costas a la Administración demandada en cuanto se opusiere a dichas pretensiones.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en su escrito de contestación a la demanda, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho qué consideró aplicables, postuló una sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, confirmando la resolución impugnada, con imposición de costas a la recurrente.

TERCERO

Re cibido el recurso a prueba, dada por reproducida la documental obrante en el expediente y evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 9 de julio de 2019, en que tuvo lugar.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. LOURDES SANZ CALVO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, la resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Dato de fecha 7 de febrero de 2018, dictada en el procedimiento TD/01833/2017, que acuerda:

  1. ESTIMAR la reclamación formulada por D. Paulino contra Microsoft Corporation, por haber sido atendido el derecho solicitado en las consultas a partir de su nombre, respecto de las siguientes Urls:

    http://sevilla.abc.es/hemeroteca/historico-15-06-2004/sevilla /Sevilla/el-asesor-gallardo-y-su-socio-krajfueron-condenados-por-amenazas-a-un- cliente 9622036438666.html

    http://sevilla.abc.es/hemeroteca/historico-16-06-2004/sevilla /Sevilla/cruce-de-denuncias-por-la-gestion-delhotel-los-seises 9622059187810.html

    http://hemeroteca.sevilla.abc.es/nav/Navigate.ese/hemeroteca/ sevilla/abc.sevilla/2004/06/16/034.html

    http://elpais.com/diario/1992/07/31/espana/712533604 850215.html

    http://www.dipusevilla.es.export/bop/200811/05sup83fasc04.pdf

  2. DESESTIMAR la reclamación formulada por D. Paulino contra Microsoft Corporation, respecto de la desindexación a partir de una consulta por sus dos apellidos.

  3. DESESTIMAR la reclamación formulada por D. Paulino contra Microsoft Corporation en referencia a la Url http://sevilla.abc.es/hemeroteca/historico- 28-07-2008/sevilla /Home/la-editorial-castillejo-cierra-trasla-ultima-sentencia 1642029992747.html, al no haberse incluido en la reclamación previa ante Microsoft Corporation.

SEGUNDO

La actora discrepa de dicha resolución respecto del punto 2º de su parte dispositiva, esto es, en cuanto desestima la reclamación formulada contra Microsoft Corporation, respecto de la desindexación a partir de una consulta por sus dos apellidos.

Alega, que cualquier persona que utilice el buscador de Internet BING y haga una búsqueda de resultados de enlaces a páginas webs utilizando como parámetros de búsqueda el nombre sumado a los dos apellidos, o los apellidos sin el nombre, encuentra entre los primeros resultados de búsqueda los cinco enlaces a páginas web relacionados en la apartado primero de la parte dispositiva de la resolución impugnada, si bien, en el resultado de la búsqueda con los apellidos los enlaces no siempre aparecen en el mismo orden ni con la misma frecuencia.

Sostiene que al reclamante le asiste el mismo derecho en cuanto a la eliminación de resultados tanto de búsquedas por su nombre sumado a los apellidos como por los apellidos sin el nombre. Esgrime que la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de mayo de 2014 habla de la eliminación de búsquedas a partir del nombre, y nombre según la definición de nombre de la RAE, es "Palabra que designa o identifica seres animados o...

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