SAN, 6 de Abril de 2000
Ponente | MERCEDES PEDRAZ CALVO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2000:2377 |
Número de Recurso | 1265/1997 |
SENTENCIA
Madrid, a seis de abril de dos mil.
Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo num. 1265/97 que ante esta Sala de lo
contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha promovido el Letrado D. Gregorio Rodríguez
Valerio, en nombre y representación de FIAT AUTO ESPAÑA S.A.,frente a la Administración del
Estado defendida y representada por el Sr. Abogado del Estado, contra Resolución dictada por el
Tribunal Económico-Administrativo Central el día 24 de Septiembre de 1.997, en materia relativa a
Impuesto sobre el Valor Añadido con una cuantía de 1.500.000 pesetas. Ha sido Ponente la
Magistrado Dª Mercedes Pedraz Calvo.
La recurrente indicada interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala contra la Resolución de referencia mediante escrito de fecha 17-XI-97. La Sala dictó Providencia acordando tener por interpuesto el recurso, ordenando la reclamación del expediente administrativo y la publicación de los correspondientes anuncios en el BOE.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó la demanda mediante escrito en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de rigor, termino suplicando se dicte sentencia anulando los actos administrativos impugnados.
El Abogado del Estado contestó a la demanda para oponerse a la misma, y con base en los fundamentos de hecho y de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la desestimación del recurso.
Las partes, por su orden presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, para ratificar, respectivamente, lo solicitado en los de demanda y contestación a la demanda.
La Sala dictó Providencia señalando para votación y fallo del recurso la fecha del 5 de Abril de 2.000, en que se deliberó y votó habiendose observado en su tramitación las prescripciones legales.
Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso-administrativo el Acuerdo dictado el día 24-IX-97 por el Tribunal Económico-administrativo Central en el recurso RG 775-95 RS 62-95 por el que se desestiman la reclamación en única instancia interpuesta por FIAT AUTO ESPAÑA S.A. hoy actora. contra Acuerdo del Jefe Nacional de Inspección del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la A.E.A.T. de 19-1-1.995, recaído en el expediente 408/94 relativo al Impuesto sobre el ValorAñadido, con una cuantía de 1.500.000 ptas.
Los hechos que se encuentran en el origen del presente recurso son los siguientes: con motivo de la comprobación de las liquidaciones provisionales por el IVA correspondientes a las importaciones realizadas durante el ejercicio l.992, y como consecuencia de la cuota complementaria girada por el incremento de las bases tributarias declaradas se levantó acta a la hoy actora num. 0356207.3 señalando la procedencia de liquidar intereses de demora por la cuota recogida en el acta núm. 0788204.0 de la misma fecha por IVA a la importación, en relación con las importaciones efectuada por la misma en
l.,992. A la liquidación propuesta, que ascendía a 1.006.925 ptas. la empresa mostró su disconformidad, si bien manifestó estar de acuerdo con los cálculos aritméticos llevados a cabo para su...
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