SAN, 13 de Junio de 2006

PonenteDIEGO CORDOBA CASTROVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2006:3305
Número de Recurso176/2004

EDUARDO MENENDEZ REXACHFRANCISCO DIAZ FRAILEISABEL GARCIA GARCIA-BLANCODIEGO CORDOBA CASTROVERDE

SENTENCIA

Madrid, a trece de junio de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del

presente recurso contencioso-administrativo numero 176/2004, interpuesto por el procurador de los

Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, actuando en nombre y representación de D. Bernardo, D. Marco Antonio y la "unión Temporal de Empresas Enrique Soria Badía y Rafael Cáceres Zurita UTE Ley 18/1982 de mayo", contra la desestimación presenta de su

reclamación de honorarios, intereses de demora e indemnización por daños y perjuicios, presentada ante el Ministerio de Educación Cultura y Deporte el 14 de mayo de 2003, en relación con el contrato suscrito entre el citado Ministerio y los recurrentes para la redacción del proyecto y dirección de obra de Restauración y Rehabilitación del Mercat del Born para sede de la Biblioteca Pública del Estado en Barcelona. Ha sido parte la Administración del Estado, asistida y representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 7 de mayo de 2004 en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se declare el derecho de los recurrentes a percibir los honorarios pendientes fruto de los trabajos de redacción del Proyecto de restauración y rehabilitación del Mercado del Borne para la Biblioteca pública del Estado en Barcelona, junto con los intereses de demora devengados y los perjuicios derivados de la suspensión indefinida del contrato suscrito el 15 de noviembre de 1999 con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el tramite pertinente para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Tras la practica de las pruebas que se consideraron pertinentes, con el resultado obrante en las actuaciones, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por termino de diez días para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 30 de mayo del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

Siendo PONENTE el Magistrado ILMO. SR. D. Diego Córdoba Castroverde.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto la desestimación de la reclamación de honorarios, intereses de demora e indemnización por daños y perjuicios por la suspensión de la obra, presentada ante el Ministerio de Educación Cultura y Deporte el 14 de mayo de 2003, en relación con el contrato suscrito entre el citado Ministerio y los recurrentes para la redacción del proyecto y dirección de obra de Restauración y Rehabilitación del "Mercat del Born" para sede de la Biblioteca Pública del Estado en Barcelona.

De los datos obrantes en el expediente, así como de las alegaciones formuladas por las partes y pruebas practicadas en el curso de las presentes actuaciones, resultan probados los siguientes hechos con relevancia para dictar la resolución que nos ocupa:

  1. El 21 de noviembre de 1997 se suscribió un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona por el que se establecían los compromisos de las partes para llevar a acabo la rehabilitación y adaptación técnica del inmueble denominado "Antic Mercat del Born" como nueva sede de la biblioteca de titularidad estatal de Barcelona. Aprobado por resolución de 27 de noviembre de 1997 y publicado en el BOE de 17 de diciembre de 1997.

    En dicho Convenio el Ayuntamiento se comprometía a ceder gratuitamente al Ministerio de Educación el edificio, hasta entonces de titularidad municipal, y el Ministerio de Educación a Rehabilitarlo y Adaptarlo a los fines pretendidos.

    En dicho Convenio se decidió convocar un concurso público con jurado para decidir la selección del equipo técnico redactor del Proyecto.

  2. Con esta finalidad en el año 1998 se convocó concurso de proyectos con intervención de Jurado que se resolvió el 21 de diciembre de 1998 resultando elegido el equipo formado por D. Marco Antonio y D. Bernardo que se adjudicó a la Unión temporal de empresas Marco Antonio y D. Bernardo" (en adelante UTE), constituida a tal fin.

  3. El Pliego de Prescripciones técnicas para los trabajos de redacción de proyecto y dirección técnica de las obras, de fecha 8 de junio de 1999, establecía la definición de trabajos a realizar (entre ellos la Memoria de las medidas adoptadas para la protección contra incendios e instalaciones de seguridad y acústicas del edificio). En dicho pliego se diferenciaban los trabajos de Redacción del Proyecto y los de dirección de las obras. Respecto de los primeros se establecía que "El proyecto podrá desarrollarse en fases sucesivas, de común acuerdo entre el redactor del proyecto y el director del trabajo, estableciéndose al menos las siguientes: 1ª Fase Proyecto excavación (donde se definirá la realización de la excavación arqueológica, la ejecución de muros pantalla, así como la prolongación de la cimentación de la estructura actual): 2ª Fase (donde se define la propuesta en su morfología, materiales y costos estimados por capítulos); 3ª Fase Proyecto de Ejecución (donde se establecen todos los documentos necesarios para la ejecución de las obras).

    Disposiciones que se completaban con el Pliego de condiciones adjunto, para la redacción y dirección técnica de los Proyectos de obras de restauración y adaptación del mercado. En este se establecía que el trabajo que se contrata esta compuesto de las siguientes fases: 1º Redacción del proyecto correspondiente a la adecuación del edifico c/ Comercial nº 5; 2º Redacción de la fase correspondiente a la excavación de la planta sótano del mercado del Borne, implantación de muros pantalla en su perímetro y rebaje de plano de cimentación de estructura existente hasta la cota sótano; 3º Dirección de las obras de adecuación del edificio c/ Comercial nº 5; 4º Dirección técnica de la obras de excavación, estructura, cimentación de planta sótano en el mercado borne; 5º Redacción del Proyecto de ejecución de restauración y adecuación del Mercado Borne; 6º Dirección técnica de las obras de restauración y adecuación del mercado Borne. Se establecían diferentes plazos de ejecución para cada una de las fases.

    Se preveían unos honorarios totales de 196.921.328 pts. Diferenciándose entre los honorarios de arquitectos (Redacción de proyectos: 103.884.329 pts; dirección técnica de la obras: 44.521.854 pts) y los honorarios de los aparejadores (redacción de estudio, plan de seguridad y salud, informe de aprobación y seguimiento y control de las obras: 3.993.291; dirección técnica de las obras: 44.521.854 pts).

    El Pliego de Cláusulas administrativas particulares era de fecha 16 de junio de 1999.

    Con fecha 15 de noviembre de 1999 se suscribió el contrato entre los arquitectos seleccionados y el Secretario de Estado de Cultura.

  4. Iniciada la fase de redacción del proyecto, el 15 de diciembre de 1999 se recibió de conformidad el proyecto de ejecución de la excavación (abonándose por este concepto 10.762.950 pts) y el 3 de mayo de 2000 se informó favorablemente y se prestó conformidad al proyecto básico presentado (abonándose 54.856.628 pts).

  5. El Arquitecto del Ministerio solicitó, el 26 de junio de 2000, la suspensión temporal total del contrato dado que el proyecto básico presentado suponía un incremento económico de las obras que debería ser aprobado para su inclusión en el Convenio en su día firmado. El 12 de marzo de 2001 se firmó una Adenda al Convenio en el que se aumentaba la inversión máxima a realizar desde 3.700.000.000 pts a 5.689.000.000 pts y ello por cuanto "la complejidad de los estudios y de las actuaciones que se han de llevar a cabo en el conjunto del Mercat del Born ha motivado un retraso en las previsiones de ejecución que conlleva un incremento y una distribución de la financiación prevista en el Convenio". Tras la ampliación presupuestaria y la firma de la Adenda, el 10 de enero de 2001, se ordenó la reanudación de los trabajos.

  6. Mediante escrito de fecha 15 de mayo de 2001, que tuvo entrada en el Registro del Ministerio el 21 de mayo de 2001, D. Marco Antonio solicitó la modificación del contrato en lo referente a la actualización los honorarios para la ejecución de los trabajos de redacción del Proyecto en proporción a al aumento experimentado en el presupuesto de ejecución de la obra. Por lo que solicitada sustituir los honorarios anteriores (196.921.328 pts) por la suma de 322.517.000 pts.

  7. El 20 de noviembre de 2001, a petición de los Directores de la Obra, se solicitó la suspensión temporal parcial de las obras de excavación correspondiente a la 1ª Fase, motivado por "la necesidad de plantear un proyecto reformado que permita resolver de otra manera el recalce de pilotes y pantallas que no pueden realizarse conforme a lo previsto, debido a la aparición de un estrato muy duro en el terreno ... que no fue detectado o advertido en el Estudio geotécnico realizado en 1999..". Esta petición contaba con el visto bueno de la Arquitecto coordinador de la obra del Ministerio y por el Subdirector General de Obras, siendo autorizada...

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