SAN 70/2006, 14 de Julio de 2006

PonenteJOSE JOAQUIN EVARISTO JIMENEZ SANCHEZ
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2006:3555
Número de Recurso74/2006

CONCEPCION ROSARIO URESTE GARCIADANIEL BASTERRA MONTSERRATJOSE JOAQUIN EVARISTO JIMENEZ SANCHEZ

SENTENCIA

Madrid, a catorce de julio de dos mil seis.

En la Villa de Madrid, a catorce de julio de dos mil seis.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, compuesta por los Sres. Magistrados citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY,

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el procedimiento número 74/06, de la numeración de esta Sala, seguido entre las partes referenciadas en los subsiguientes antecedentes de hecho, sobre impugnación de convenio colectivo, habiendo sido Magistrado-Ponente el Iltmo. Sr. D. José Joaquín Jiménez Sánchez y deduciéndose de las actuaciones los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 27 de abril de 2.006 se presentó demanda en materia de impugnación de convenio colectivo, promovida por el Sr. Letrado D. Agustín Prieto Nieto, actuando en nombre y representación de la Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores -en adelante, UGT-, contra la empresa Caixa del Penedés -en adelante, Caixa Penedés- y las Secciones Sindicales en dicha empresa del sindicato CCOO -en adelante, CCOO- y del Sindicato de Empleados de Caixa Penedés -en adelante, SECP-.

SEGUNDO

Proveída tal demanda con fechas 27 y 28 de abril de 2.006 en el sentido de tenerla por interpuesta y registrada, se nombró Magistrado-Ponente y se señaló la audiencia del día 11 de julio de 2.006 para los actos de conciliación y juicio, con las advertencias legales, personándose el Ministerio Fiscal en calidad de parte.

TERCERO

En la fecha acabada de señalar se celebraron los actos antedichos con el resultado que consta en el acta al efecto extendida, quedando las actuaciones vistas para sentencia.

Previa dación de cuenta por el Magistrado-Ponente y deliberación de sus Magistrados, se formulan por esta Sala los siguientes

PRIMERO

Mediante resolución de fecha 16 de abril de 1.982 de la Dirección General de Trabajo se ordenó la inscripción, depósito y registro del XIII Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros, suscrito el día 30 de marzo de 1.982 entre las representaciones de la Asociación de Cajas de Ahorros para Relaciones Laborales y de las centrales sindicales CCOO, UGT, SEC y APECA, siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado de 4 de mayo de 1.982.

SEGUNDO

Mediante resolución de fecha 4 de junio de 1.990 de la Dirección General de Trabajo se ordenó la inscripción, depósito y registro del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros para los años 1.990 y 1.991, suscrito el día 24 de mayo de 1.990 entre las representaciones de la Asociación de Cajas de Ahorros para Relaciones Laborales y de las centrales sindicales CCOO, UGT, CSICA, SEC, CXTG, SIB y APECA-SYC, siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado de 12 de junio 1.990.

TERCERO

En el seno de Caixa Penedés y como consecuencia del antedicho Convenio Colectivo, las representaciones de la citada entidad y de sus trabajadores, a través de las centrales sindicales SEC, CCOO y UGT, alcanzaron determinados pactos en 17 de septiembre de 1.990, entre los que figuró el relativo a "... 3.- Promoción ...".

En tales pactos se creó, intramuros de Caixa Penedés, la categoría de oficial de segunda C, a la que se accedía tras permanecer tres años en la categoría de auxiliar A.

CUARTO

Mediante resolución de fecha 25 de febrero de 2.004 de la Dirección General de Trabajo se ordenó la inscripción, depósito y registro del Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros para los años 2.003 a 2.006, suscrito el día 29 de diciembre de 2.003 entre las representaciones de la Asociación de Cajas de Ahorros para Relaciones Laborales y de las centrales sindicales CCOO, UGT y CSICA (Confederación de Sindicatos en la que está integrado SECP), siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado de 15 de marzo de 2.004, siendo modificado en materia ajena a esta litis mediante acuerdo de 23 de noviembre de 2.004.

La escala o tabla salarial oficial para 2.004 acordada por las antedichas representaciones en 2 de febrero de 2.005 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado de 22 de marzo de 2.005.

Las escalas o tablas salariales resultantes de los diferentes convenios colectivos y de su aplicación en Caixa Penedés, entre 1.999 y 2.004, son las que figuran en el documento número seis de los aportados por dicha entidad, dándose la circunstancia de que en todas ellas y en cada anualidad aparece la categoría laboral de oficial de segunda C como propia de la reiterada entidad, sin que de la misma exista correlato convencional, figurando siempre como una categoría intermedia entre las de auxiliar A, como superior, y oficial segunda B, como inferior.

QUINTO

En el seno de Caixa Penedés y como consecuencia del antedicho Convenio Colectivo, las representaciones de la citada entidad y de sus trabajadores, a través de las centrales sindicales SECP y CCOO, tras verificar determinadas manifestaciones acerca de las discrepancias habidas tras la aplicación que la primera había realizado de las previsiones convencionales sectoriales en 1 de octubre de 2.004 sobre el encuadramiento de la categoría laboral de oficial de segunda...

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