SAN 45/2002, 25 de Junio de 2002
Emisor | Audiencia Nacional - Sala de lo Social |
ECLI | ES:AN:2002:3963 |
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Secretaría de D. FERNANDO LISBONA LAGUNA
SENTENCIA N°: 45/02
Fecha de Juicio: 11/06/2002
Fecha Sentencia: 25/06/2002
Fecha Auto Aclaración:
Núm. Procedimiento: 00036/2002
Materia: CONFLICTO COLECTIVO
Ponente Ilmo. Sr.: D. JOSE RAMON FERNÁNDEZ OTERO
Indice de Sentencias:
Contenido Sentencia:
Demandante: FES UGT.
Codemandante:
Demandado: CAJA DE AHORROS DE SAN FERNANDO, SEVILLA Y JEREZ.
Codemandado:
Resolución de la Sentencia: DESESTIMATORIA
Breve Resumen de la Sentencia:
COMPLEMENTO SALARIAL. ALCANCE. INTERPRETACION GRAMATICAL.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Núm. Procedimiento: 00036/2002
Indice de Sentencia:
Contenido Sentencia:
Demandante: FES UGT.
Codemandante:
Demandado: CAJA DE AHORROS DE SAN FERNANDO, SEVILLA Y JEREZ.
Ponente Ilmo. Sr.: D. JOSE RAMON FERNÁNDEZ OTERO
SENTENCIA N°: 45/02
Excmo. Sr. Presidente:
D. EUSTASIO DE LA FUENTE GONZÁLEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. PABLO BURGOS DE ANDRÉS
D. JOSE RAMON FERNÁNDEZ OTERO
Madrid, a veinticinco de Junio de dos mil dos.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al
margen y
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el procedimiento 00036/2002 seguido por demanda de FES UGT. contra CAJA DE AHORROS
DE SAN FERNANDO, SEVILLA Y JEREZ. sobre conflicto colectivo Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE RAMON FERNÁNDEZ OTERO
Según consta en autos, el día 28 de Febrero de 2002 se presentó demanda por FES UGT contra CAJA DE AHORROS DE SAN FERNANDO, SEVILLA Y JEREZ. sobre conflicto colectivo
La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 11 de junio de 2002 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosíes de prueba
Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.
Resultando y así se declaran, los siguientes
HECHOS PROBADOS
El 18-12-96 la Caja de Ahorros de San Fernando, Sevilla y Jerez, entidad con centros de trabajo en diversas Comunidades Autónomas, llegó a un acuerdo denominado de "Clasificación de Oficinas con los Sindicatos con representación en la empresa -UGT, que tiene un 52,46% CCOO, un 44,26% y CGT un 3,28%- del que obra copia en autos y que se tiene aquí por cierto y por íntegramente reproducido, y en cuyos apartados 7°, 9° y 10°, que son los que interesan en este litigio, establecen lo siguiente:
-
- Se establece la siguiente clasificación de Oficinas con la equipación del Director y, en su caso, al Interventor, a la categoría profesional en relación directa con la de la oficina.
Niveles y categorías de Directores e Interventores de oficinas.
Nivel Categoría Director Categoría Interventor
A Jefe de 4ª A Jefe de 5ª B
B Jefe de 4ª B Jefe de 6ª A
C Jefe de 5ª A Jefe de 6ª B
D Jefe de 5ª B Oficial 1ª
E Jefe de 6ª A Oficial 2ª
F Jefe de 6ª B ---
G Oficial 1ª ---
-
- Las categorías profesionales asignadas se entienden como mínimas, pudiendo ser desempeñados dichos cargos por empleados con categoría superior a la señalada.
-
- Todos los interventores de las oficinas de nivel A, B, C, D y E percibirán, con independencia de lo establecido en el art. 7°, una mejora salarial cuantificada en el importe de la diferencia económica de hasta la categoría profesional superior a la asignada en el citado artículo 7°, mejora ésta que computará solo exclusivamente a efectos salariales y que se denominará gratificación de intervención de oficinas.
La empresa interpreta el punto 10° referido en el sentido de que si el interventor obstenta una categoría profesional superior a la que le corresponde por el Nivel de la oficina en que presta servicios, no resulta de aplicación la mejora salarial; interpretación con la que discrepa la parte promoverte del...
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