SAN, 30 de Septiembre de 2004

EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 7ª
ECLIES:AN:2004:6021

SENTENCIA

Madrid, a treinta de septiembre de dos mil cuatro.

Vistos los autos del recurso contencioso-administrativo 07/304/2003 que ante esta Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha promovido la Procuradora doña Paloma

Vallés Tormo en nombre y representación de don Joaquín, contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 4 de diciembre de 2002 en materia de Canon de Ocupación de

dominio público marítimo-terrestre por la que desestima la reclamación económico administrativa

interpuesta contra la Orden Ministerial de 20 de julio de 1992, por la que se revisa el canon de la

concesión, transfería al recurrente, destinada a vivienda en la Playa de Guardamar del Segura

cifrándose la cuantía del nuevo canon en 550 ptas/m2/ año, se ha personado como parte

demandada la Administración General del Estado, representada por el Sr. Abogado del Estado,

siendo Ponente, el señor don José Luis López-Muñiz Goñi.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso- administrativo, mediante escrito presentado el 28 de abril de 2003, contra la resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de 30 de abril de 2003, con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno, la parte actora formalizó demanda, mediante escrito presentado el 6 de mayo de 2004 en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se declare, con estimación del recurso, la anulación de la resolución impugnada por ser contraria a derecho y en consecuencia se declare que la aplicación del gravamen del 8% sobre la base determina el total del canon.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito, en el que, tras alegar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó suplicando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

No se solicitó el recibimiento del recuro a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo.

QUINTO

Por providencia de esta Sala se señaló para votación y fallo de este recurso el día 23 de septiembre de 2004, en el que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del recurso contencioso- administrativo interpuesto determinar si es o no conforme a Derecho la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central 4 de diciembre de 2002 en materia de Canon de Ocupación de dominio público marítimo-terrestre por la que desestima la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR