SAN 229/2013, 16 de Diciembre de 2013

PonenteMANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2013:5392
Número de Recurso153/2013

SENTENCIA

Madrid, a dieciseis de diciembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento 0000153/2013seguido por demanda de FECHT-CC.OO(Letrado Angel Martin Aguado); FCO. FRIAS MIEMBRO CTE. EMP.COMERCIAL CASAS CARRETERO SL(Letrado Angel Martin Aguado); GUSTAVO A. GUERRA BUENO MIEMBRO CTE. EMP.COMERCIAL CASAS CARRETERO SL(Letrado Angel Martin Aguado):contra COMERCIAL CASAS CARRETERO SL(Letrado Juan Ramón Alfageme Rojo); DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL(Letrado Fernando Alfageme Mata): CENTRAL DE COMPRAS HORMIGOS SL(Letrado Juan Ramón Alfageme Rojo); Mª ENCARNACION MARTIN RTE. ERE. DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL;FACTORIA DE OPORTUNIDADES SANTA OLALLA SL(Letrada Enriqueta Gómez Bravo); FACTORIA DE OPORTUNIDADES EXTREMEÑAS(Letrada Enriqueta Gómez Bravo); OURSHOP SL(Letrado Fernando Alfageme Mata); VECSI INTERNACIONAL SL(Letrado Pedro Vidal Sabrido Fernández); BAZAR OLIAS SL(Letrada Enriqueta Gómez Bravo); Heraclio (Letrado Juan Ramón Alfageme Rojo); ADMINISTRADOR CONCURSAL Jose Ángel (Letrada Eugenia Salto Ruiz); JAVIER AVILA RTE. NEGOCIACION ERE EN DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL(No comparece); ROBERTO NAJERA CRESPO RTE. ERE EN DISTRIBUCION BEMBIBRE SL(No comparece); ADMINSITRADOR CONCURSAL COMERCIAL CASAS CARRETERO SL(No comparece); FOGASA(No comparece);sobre impugnacion despido colectivo.Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 9 de Abril de 2013 se presentó demanda por FECHTCC.OO; FCO. FRIAS MIEMBRO CTE. EMP.COMERCIAL CASAS CARRETERO SL; Matías MIEMBRO CTE. EMP.COMERCIAL CASAS CARRETERO SL: contra COMERCIAL CASAS CARRETERO SL; DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL: CENTRAL DE COMPRAS HORMIGOS SL; Mª ENCARNACION MARTIN RTE. ERE. DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL;FACTORIA DE OPORTUNIDADES SANTA OLALLA SL; FACTORIA DE OPORTUNIDADES EXTREMEÑAS; OURSHOP SL; VECSI INTERNACIONAL SL; BAZAR OLIAS SL; Heraclio ; ADMINISTRADOR CONCURSAL Jose Ángel ; JAVIER AVILA RTE. NEGOCIACION ERE EN DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL; ROBERTO NAJERA CRESPO RTE. ERE EN DISTRIBUCION BEMBIBRE SL; ADMINSITRADOR CONCURSAL COMERCIAL CASAS CARRETERO SL; FOGASA; sobre impugnacion despido colectivo

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 13 de Junio de 2013 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosies de prueba.

Tercero

Con fecha 13 de Junio de 2013 se solicitó la Suspensión de las actuaciones por no estar citado el Fondo de Garantia Salarial y posteriormente se volvió a solicitar la supension de los actos de juicio de fecha 25 de Junio de 2013 para la ampliación de demanda contra el Administrador Concursal D. Jose Ángel, señalándose como fecha para el juicio el 28 de Noviembre de 2013.

Cuarto

Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto.

Quinto

- Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, por la que se aprobó la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debe destacarse, que las partes debatieron sobre los extremos siguientes: -La esposa del Sr. Heraclio y él se divorciaron hace 8 años. -Comercial y Distribuciones Bembibre están concurso de acreedores seguidas ante Juzgados Mercantiles distintos. -En Badajoz 5 trabajadores estaban conforme con ERE. -3 trabajadores de Sta. Olalla estaban conformes con ERE. -De 24 trabajadores de Distribuciones Bembibre 19 han extinguido y reclamado cantidades con acuerdo. -Comercial se ocupó de la comercialización de productos multiprecio de Central de compras. -El 9 de Agosto la mayoría de trabajadores extinguieron sus contratos y pasaron a Distribuciones Bembibre para la comercialización de regalos. - Central compras desde 9-8-10 se cerró y se encuentra sin actividad. -Revocaron el mandato de los actores sus compañeros. -No hay grupo de empresa laboral. -No son los mismos socios en Central de compras y en Distribuciones Bembibre. -En el Centro Comercial de PINTO además de comercial de compras y Bembibre había 8 empresas más. -En el centro comercial de Pinto había un sistema de caja común, única pero se facturaba por cada una de las empresas. -No hay grupo ni mercantil, ni laboral que actuara bajo nombre de Comercial Hormigos. -Pasaron de Distribuciones Bembibre a Comercial 1 persona de cafetería 1 vigilante 1 persona de limpieza y Ricardo Hormigos. -Los lanzaron del local. -Se notificó el periodo de consultas a todos los trabajadores afectados. -Nunca se han consolidado cuentas. -El Sr. Heraclio no es socio de las demandadas ni empleador de los actores. -Distribuciones Bembibre y OUTSHOP Distribuciones Bembibre está en liquidación hubo pleitos anteriores y se han desistido. -Nunca han trabajado para D. Jacinto los actores. -Factoria de oportunidades y otras nunca han empleado a actores ni Vecsi tampoco. -Se hizo aportaciones patrimoniales por la hermana del Sr. Heraclio para crear Vecsi. -Hay denuncias cruzadas entre las partes de este pleito.

Sexto

Son hechos conformes: -Los 2 demandantes fueron elegidos en el Comité de Empresa de Central de Compras Hormigos. -De los 9 trabajadores de PINTO de Comercial 5 estaban conformes con el ERE y 4 han planteado una demanda. - Los actores fueron elegidos en Central de compras en 2009 en el Centro Pinto. -El 19-8-10 cesaron en Central de compras y el 10-8-10 pasaron a trabajar a Comercial Casas. -La empresa comercial admitió que los actores actuaran como representantes de los trabajadores y les concedió horas sindicales. -No hay sección sindical de CC.OO en las empresas. -Hubo periodo de consultas en comercial sin acuerdo y se comunicó el 31-3-13 la extinción. -Se entregó la documentación a todos los trabajadores, se negoció con los trabajadores de cada centro de la empresa comercial. -D. Jacinto notificó a todos los trabajadores el 1-3-13 que los lanzaban del centro comercial se convocó el periodo de consultas y el 5 marzo se eligió a la comisión ad hoc hubo una reunión el 8 de Marzo con la comisión ad hoc y 4 trabajadores y se llegó a un acuerdo.

Resultando y así se declaran, los siguientes

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

COMERCIAL CASAS CARRETERO SL. Esta empresa se encuentra en situación concursal, siendo la administradora del concurso Dª Francisca . En concreto la empresa fue declarada en concurso el 16 de abril de 2013 (BOE 25/04/2013) -la demanda ante esta Sala de la Audiencia Nacional se presentó el 9 de abril de 2013- El administrador único de esta sociedad es D. Heraclio . Según la escritura de constitución los socios son D. Jose Ignacio y D. Andrés . Los cuales transmitieron sus acciones a BORIMAN SL y COMERCIAL MORESCO SL -en enero de 1994-.

Esta empresa tenía un centro de trabajo en Madrid (Pinto) con 9 trabajadores; otro en Extremadura con 5 trabajadores y otro en Castilla-La Mancha con 3 trabajadores.

Consta que con efecto de 10 de agosto de 2010, los trabajadores de CENTRAL DE COMPRAS HORMIGOS SL pasaron a prestar servicios en COMERCIAL CASAS CARRETERO SL - art 44 ET -. En la misma fecha otros trabajadores pasaron a prestar servicios en DISTRIBUCIONES BEMBIBRE SL. La primera de las empresas se dedica a la venta al por mayor y la segunda a cafetería/bar.

El 1 de marzo de 2013 la entidad comunicó a la autoridad laboral que iniciaba el periodo de consultas de despido colectivo por causas económicas y cierre del local de Madrid, indicaba también que en los centros no había representación de los trabajadores. Consta, sin embargo, que la entidad se dirigió a los demandantes como "representantes de los trabajadores", comunicándoles el inicio del periodo de consultas.

Consta que la empresa titular del edificio donde prestaba servicios la empresa les comunicó la rescisión del contrato con efectos de 1 de marzo de 2013.

La situación económica de la empresa es la siguiente:

  1. - En el ejercicio 2010 el Impone Neto de la cifra de Negocios fue de 1.497.680,01 #; los gastos de personal fueron de 210.088.17 #; los resultados de ejercicio fueron unas pérdidas económicas de 104.144,79#. Como consecuencia de estas pérdidas económicas, el patrimonio neto pasó a ser negativo de -79.988,19 #.

  2. - En el ejercicio 2011: -El importe neto de la cifra de negocio de todo el ejercicio fue de 3.410.751.76 #, correspondiendo al primer trimestre: 983.898,94 #; al segundo trimestre: 984 804,23 #; al tercer trimestre: 788 854,03 #; y al cuarto trimestre: 653.203.56 #.;los gastos de personal de todo el ejercicio fueron de 532.365,01 #.-los resultados del ejercicio fueron unas pérdidas económicas de -132.325,11 #.

  3. -En el ejercicio 2012; -el importe neto de las cifras negocios de todo el ejercicio fue de 938.110,72 #, correspondiendo al primer trimestre: 526.694.89 #; al segundo trimestre 487.780,04 #; al tercer trimestre: 491.186,92 #: y al cuarto trimestre: 432.448,87 #. Los gastos de personal de todo el ejercicio fueron de 397.673,69 #; los resultado del ejercicio fueron unas pérdidas económicas de 275.681,93 #; pasando a tener un patrimonio neto de -488.032,28 euros.

  4. - Con los resultados económicos de la empresa en los años 2010; 2011 y 2012. Resulta que durante el año 2012 ha habido una disminución persistente en el nivel de ingresos ordinario o ventas de la empresa (importe neto de la cifra de negocios), durante los cuatro últimos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre de 2012. es...

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