SAN 203/2013, 19 de Noviembre de 2013

PonenteMANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Social
ECLIES:AN:2013:4791
Número de Recurso293/2013

SENTENCIA

Madrid, a diecinueve de noviembre de dos mil trece.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el procedimiento 0000293/2013seguido por demanda de Leonor RTE. TRABAJADORES VALMESA (Letrado Jesús Francis Molinera Mateos); Baldomero RTE. L. TRABAJADORES DE VALMESA(Letrado Jesús Francis Molinera Mateos); Francisco RTE L. TRABAJADORES VALMESA(Letrado Jesús Francis Molinera Mateos); Olegario RTE. L. TRABAJADORES VALMESA (Letrado Jesús Francis Molinera Mateos) contra VALORACIONES MEDITERRANEO SA (Letrado Manuel Fuster Ruiz De Apodaca);sobre impugnacion despido colectivo.Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL FERNANDEZ-LOMANA GARCIA

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Según consta en autos, el día 4 de Julio de 2013 se presentó demanda por Leonor RTE. TRABAJADORES VALMESA; Baldomero RTE. L. TRABAJADORES DE VALMESA; Francisco RTE L. TRABAJADORES VALMESA; Olegario RTE. L. TRABAJADORES VALMESA contra VALORACIONES MEDITERRANEO SA; sobre impugnacion despido colectivo

Segundo

La Sala acordó el registro de la demanda y designó ponente, con cuyo resultado se señaló el día 5 de Noviembre de 2013 para los actos de intento de conciliación y, en su caso, juicio, al tiempo que se accedía a lo solicitado en los otrosies de prueba

Tercero

Llegado el día y la hora señalados tuvo lugar la celebración del acto del juicio, previo intento fallido de avenencia, y en el que se practicaron las pruebas con el resultado que aparece recogido en el acta levantada al efecto. CUARTO . - Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 97.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, por la que se aprobó la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debe destacarse, que las partes debatieron sobre los extremos siguientes: -De 49 despidos propuestos se redujeron a 46 pero posteriormente se sacaron a 11 trabajadores. -De los trabajadores despedidos, 21 han demandado y 14 se han conciliado pagando 27 días. -Del listado de la demanda 12 no están afectados por el ERE; 6 han aceptado conciliación. -Las posiciones en consulta fueron diferenciados a uno se les hacía sobre despido y a otros sobre retribuciones. -En acta 3 manifiestan se aporta informe pericial y dice que solo se notifica a clientes del letrado. -Ha habido beneficios pero una reducción de 2058.463 euros en los 3 últimos trimestre. -La empresa compro inmuebles cuando era más rentable que alquilar. -Se han vendido inmuebles en Barcelona y Badajoz y en consulta se puso a disposición los ingresos obtenidos. -Se han puesto en venta todo el patrimonio. -El flujo para 2013-2017 es de -2,6 millones. -El margen bruto es cercano al 0%. -El fondo de maniobra es negativo. -La empresa ha iniciado un plan de financiación no terminado. -El coste de personal en 2012 alcanzo un 44% frente al 26% del sector. -Las perdidas de grupo fueron de -108.000 euros y los de la empresa 36.000 de beneficios y en la negociación se han hecho ofertas. -Se ofertaron pagos por los 300.000 y 200.000 euros que se obtuvieron por la venta de edificios en Barcelona y Badajoz. -Se ofreció garantía real. -Se siguieron haciendo ofertas después. -Se aporta informe financiero. QUINTO. - Son hechos conformes: -Desde 2008 no se han comprado inmuebles. -Ha habido reducción de ingresos del 64%. De 27 millones en 2007 a 9.700.000 en 2012. -Que los inmuebles están gravados por créditos. -El 19.4 se notifica, la primera reunión es el 25.4 y se cierra el 22.5 de común acuerdo.

Resultando y así se declaran, los siguientes

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El 19 de abril de 2013 la empresa VLAMEZA comunicó a la representación de los trabajadores el inicio de un periodo de consultas con el fin de proceder a la realización de un despido colectivo. A la comunicación se adjuntaba información indicado que la causa del despido era económica. Que los ingresos desde el año 207 al 2013 había pasado de 27.057.101,59 # a 9.726.865,31 #; el número de tasaciones de 86.454 a 35.605 y los resultados del ejercicio de 1.195.440,61 # a 36.431,70 #. Se aportaban también datos de los tres últimos trimestres de los años 2011 y 2012. En concreto, para 2012 el trimestre julio/ septiembre arrojaba unos ingresos de 1.983.193,78 # y 7.258 tasaciones -en el trimestre anterior 2.589.380,46 # y 9.466 tasaciones-; el trimestre octubre/diciembre 2.591.138,68 # y 9.735 tasaciones -en el trimestre anterior

3.196.773,88 # y 10.160 tasaciones-; y el primer trimestre de 2013 (enero/marzo) 2.095.228,23 # y 8.872 tasaciones -en el trimestre anterior 2.851.869,77 # y 8.872 tasaciones-.

Por lo demás se acompañaba documentación contable: cuentas anuales auditadas de los años 2008 a 2011 y provisionales de 2012 e informe financiero 2008/2012 y plan de negocio 2013/2017. Se especificaban los trabajadores afectados: un total de 49, luego identificados en el Anexo. Se indicaba que las extinciones se producirían en junio de 2013. También se indicaban los criterios de selección. Se proponían, además, medidas de reducción salarial que oscilaban en pérdidas de entre un 1 a un 12,50 % según la cuantía de la retribución.

SEGUNDO

Los trabajadores designaron representantes ad hoc para la negociación y el día 25 de abril se produjo la primera reunión -el 22 de abril se había entregado a los representantes de los trabajadores la documentación-.

En la reunión la empresa ofreció la indemnización legal -20 días por año con un máximo de 12 mensualidades y, por falta de liquidez, su pago en 24 mensualidades. Y ofreció también movilidad funcional para minorar el alcance de los ceses. Los trabajadores realizaron contraofertas y, en materia de indemnizaciones, pidieron 45 días por año con un máximo de 42 mensualidades hasta febrero de 2012 y 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades a partir de dicha fecha.

TERCERO

La segunda reunión tuvo lugar el 29 de abril de 2013. La empresa ofreció 23 días por año con un máximo de 12 mensualidades a pagar en 24 meses y un listado de posibilidades de movilidad que podrían paliar el número de ceses. Se discutieron diversos puntos -número de despidos, movilidad, etc.- y, en materia de indemnizaciones, los trabajadores redujeron su pretensión pasando de 45 a 40 días, con el límite de 24 mensualidades. Más adelante los trabajadores matizaron que aceptarían 45 a 40 días hasta febrero de 2012, 33 días desde dicha fecha y, en todo caso, con un tope de 24 mensualidades. Se debatió sobre la externalización de servicios que la empresa pretende realizar.

CUARTO

La tercera reunión se realizó el 7 de mayo de 2013. En ella los trabajadores hicieron entrega de un informe externo sobre la situación de la empresa. Se indicó que los trabajadores afectados no aceptarían la movilidad geográfica -con excepción de uno de ellos- propuesta por la empresa; algunos, sin embargo, si aceptarían la movilidad funcional. Se discutió sobre la reducción salarial, voluntariedad, y otras cuestiones. En materia de indemnizaciones la empresa insistió en que no podía subir su oferta de 23 días. Pero propuso mejorar el plazo de pago vinculándolo a la venta de inmuebles: si se vendías inmuebles los 24 meses de plazo se reducirían al adjudicar el 50% de lo obtenido por la venta al pago de las indemnizaciones. Se entregaron a los trabajadores datos sobre la situación de la tesorería de la empresa. Los trabajadores no aceptaron la oferta, pues con el aplazamiento, en su opinión, se empeoraban las condiciones legales. La representación de la empresa sostuvo que es solvente, pero carece de liquidez. Indicó que el coste de las indemnizaciones suponía unos 600.000 # y que la empresa tenía pendiente de cobro la suma de 1.580.000 # de los clientes, debiendo afrontar pagos -sin contar las indemnizaciones- de 2.300.000 #. Se entregó documentación relativa a la tesorería.

QUINTO

La cuarta reunión se celebró el 14 de mayo de 2013. Los trabajadores informaron de algunos trabajadores que aceptarían las condiciones ofrecidas por la empresa en materia de movilidad y salarios. La empresa refutó el informe económico aportado por los trabajadores. La empresa ofreció reducir el número de despidos /7despidos menos) y llegó a ofrecer 25 días por año, con un máximo de 12 mensualidades y manteniendo los 24 meses de pago. Realizando concretas ofertas en relación con algunas de las formuladas por los trabajadores. Los trabajadores se mostraron contrarios al ajuste salarial y ofrecieron 35 días por año, con un máximo de 20 mensualidades, pero sin aplazamiento. Los trabajadores, manifiestan que son conscientes de la posible falta de liquidez de la empresa, pero "quien puede solucionar este problema de liquidez es la empresa (préstamos de bancos, ampliación de capital, etc.)". La empresa expuso sus razones y en relación con la indemnización, insistió en la necesidad del aplazamiento.

SEXTO

El 20 de mayo de 2013 se celebró la quinta reunión. La representación de los trabajadores dio traslado a la empresa de las aceptaciones y rechazos de los concretos trabajadores afectados sobre las ofertas de la empresa. La mayoría de las respuestas fueron negativas o condicionadas. Tras examinar las ofertas la empresa redujo a 39 los despidos. La empresa realizó un resumen de los resultados en la negociación y ofreció: una indemnización de 27 días por año, con un límite de 12 mensualidades. Insistió en el pago fraccionado en 24 meses, si bien indicó que la oficina de Barcelona estaba a la venta y que esperaban obtener unos ingresos de unos 300.000 # que, una vez efectuada la venta, se comprometían a destinar al abono de las indemnizaciones. Y se propuso retrasar pagos no esenciales que enumeró. Con tales datos la empresa...

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