SAN, 9 de Junio de 2006
Ponente | EDUARDO MENENDEZ REXACH |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª |
ECLI | ES:AN:2006:2707 |
Número de Recurso | 402/2004 |
EDUARDO MENENDEZ REXACHFRANCISCO DIAZ FRAILEISABEL GARCIA GARCIA-BLANCODIEGO CORDOBA CASTROVERDE
SENTENCIA
Madrid, a nueve de junio de dos mil seis.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo contencioso administrativo de
la Audiencia Nacional ha promovido Dª. Estíbaliz, representada por el Procurador D.
Alberto Hidalgo Martínez, contra la Administración General del Estado, representada por el
Abogado del Estado, sobre homologación de título. Ha sido Ponente el Magistrado de esta Sección
Iltmo. Sr. D. Eduardo Menéndez Rexach.
El acto impugnado procede del Ministerio de Educación y Cultura y es la Resolución de 8 de Enero de 2.004.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.
Presentada la demanda, se dió traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones del recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.
Contestada la demanda, y habiéndose denegado recibir el pleito a prueba, una vez terminada la tramitación de las actuaciones, se señaló para votación y fallo el día 30 de Mayo de 2.006 en el que, efectivamente, se votó y falló.
El presente recurso tiene por objeto la Resolución del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de 8 de Enero de 2.004, por la que se deniega la petición de la recurrente para la homologación de sus estudios realizados en el sistema educativo de los Estados Unidos al título de Bachiller español.
La recurrente solicita que se anule la resolución y se declare procedente la homologación/convalidación de los estudios cursados en el centro "David Glasgow Farragut Elementary and High Schools", ubicado en la base naval de Rota, al título de bachiller español.
En defensa de su pretensión alega que la denegación se basa en el centro donde cursó los estudios es centro privado extranjero autorizado en España para impartir exclusivamente conforme al sistema educativo de Estados Unidos y, al tener la demandante la nacionalidad española, no pueden serle homologados los estudios realizados en dicho centro; considera que se debe hacer una interpretación flexible del Real Decreto 806/1993, de 28 de Mayo , ya que la demandante tuvo la posibilidad de tener la nacionalidad estadounidense al divorciarse sus padres, y evitar que sean de peor condición los españoles que los extranjeros.
La representación de la...
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