SAN, 3 de Octubre de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 5ª
ECLIES:AN:2006:4085
Número de Recurso577/2005

ANGEL NOVOA FERNANDEZ FERNANDO DE MATEO MENENDEZ MARIA DEL CARMEN RAMOS VALVERDE GUILLERMO ESCOBAR ROCA FERNANDO FRANCISCO BENITO MORENO

SENTENCIA

Madrid, a tres de octubre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso número 577/05, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña Nuria Lasa

Gómez, en nombre y representación de DON Darío , contra la

resolución de 8 de marzo de 2005, dictada por la Subsecretaria del Ministerio del Interior, por la que

se desestima la reclamación efectuada por las lesiones sufridas por caída en el Centro

Penitenciario de Pamplona el día 31 de agosto de 2002. Habiendo sido parte demandada LA

ADMINISTRACIÓN, representada por el Abogado del Estado.

Cuantía 42.416,16 euros.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Doña María del Carmen Ramos Valverde, Magistrada de la Sección.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el día 12 de julio de 2005 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando el acto impugnado en el presente recurso.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante escrito presentado el 2 de septiembre de 2005, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.

TERCERO

Mediante Auto de 6 de septiembre de 2005 se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a cabo las pruebas propuestas por la parte actora que se pudieron practicar dentro del plazo del período probatorio, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de diez días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y fallo el día 26 de septiembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El hoy recurrente impugna la resolución de 8 de marzo de 2005, dictada por la Subsecretaria de Estado del Ministerio del Interior, por la que se desestima la petición de responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado.

El actor, estaba cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Pamplona, sufrió una caída por las escaleras, cuando se dirigía al patio a jugar al frontón, el día 31 de agosto de 2002, A consecuencia de dicha precipitación se le practico una intervención quirúrgica, osteosíntesis de peroné y fijación externa con Orthofix en pierna derecha y osteosíntesis de tibia izquierda así como reducción y enclavado de calcáneo izquierdo. Tras nuevo ingreso el 25 de marzo de 2003 fue dado de alta con las siguientes secuelas: "Adherencia pretibial en piel a nivel de punto de anclaje de fijador externo (perno Orthofix). Limitación de flexo-extensión de tobillo derecho con arco de movilidad articular de 40º.

Presenta asimismo material de osteosíntesis en tobillo derecho (placa de peroné) a retirar según evolución a los 12-18 meses transcurridos desde la intervención quirúrgica"

SEGUNDO

El art. 139 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo...

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