SAN, 19 de Mayo de 1999

PonenteERNESTO MANGAS GONZALEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:1999:3226
Número de Recurso202/1996

Sentencia

Madrid, a diecinueve de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

VISTO por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso contencioso-administrativo número 202/96, promovido por HULLAS DEL COTO CORTES,

S.A., representada por la Procuradora Dña. ISABEL JULIA CORUJO, con asistencia Letrada, contra

Resolución del Ministerio de Industria y Energía, de 1 de febrero de 1996, sobre concesión de ayudas en materia de actividad minera energética, habiendo sido parte en autos la Administración

demandada, representada por el Abogado del Estado; y habiendo comparecido como coadyuvantes FUNDACIÓN SANTA BARBARA, representada por el Procurador D. Federico J. Olivares Santiago, con asistencia Letrada, COTO MINERO DEL SIL, S.A., y HULLAS DE BARRUELO, S.A., representadas por el Procurador D. Antonio Gómez de la Serna Adrada, con asistencia Letrada, SAN JUSTO MINERA, S.A., representada por el Procurador D. Antonio Rafael Rodríguez Muñoz, con asistencia Letrada, y EMPRESA NACIONAL DE URANIO, S.A., representada por la Procuradora Dª María del Carmen Ortiz Cornago, con asistencia Letrada; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que así hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando se dicte Sentencia contra la denegación de subvención convocada por Orden Ministerial de 23 de junio de 1995, declarándose la pertinencia de su concesión a la demandante, procediéndose alternativamente a anular la resolución impugnada por defectos insubsanables de procedimiento, contravención radical de la normativa aplicable, indefensión de la interesada y arbitrariedad administrativa, reponiéndose el procedimiento para que aquélla conozca los motivos de la denegación y pueda formular las alegaciones, defendiendo su derecho.

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto y confirmatoria de la resolución impugnada.

A continuación se dio traslado a las partes coadyuvantes, por su orden, para la contestación a la demanda, trámite que evacuaron mediante la exposición de los hechos y fundamentos jurídicos que estimaron de aplicación, solicitando la desestimación del recurso, en el que asímismo habían comparecido, para luego apartarse de él, antes del trámite indicado, Empresa Nacional Carbonífera del Sur, S.A., Carbonífera de Narcea, S.A., y Compañía Anónima Sociedad Minera San Luis, cuyo apartamiento se autorizó mediante Auto de 18 de marzo de 1997 y providencias de 22 de enero y 17 de febrero de 1998.Segundo.-No habiéndose recibido el proceso a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el plazo de quince días para que manifestaran sus conclusiones escritas, lo que efectuaron ratificándose en sus respectivas pretensiones.

Con ello quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, lo que se efectuó con relación al día 12 de mayo de 1999, en que así tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ERNESTO MANGAS GONZALEZ Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 23 de junio de 1995, se procedió a la regulación de la concesión de ayudas en aplicación de las nuevas líneas de actuación en la acitividad minera energética.

Mediante escrito de 4 de septiembre de 1995, y aceptando los términos de la convocatoria, HULLAS DEL COTO CORTES, S.A., solicitó una subvención de 98.050.000 pesetas para la financiación del proyecto denominado "Ejecución del Transversal General, Lazo de Maniobra de 1ª Planta, Plano Inclinado y Obras Complementarias, desde Cota + 950 en el yacimiento de Carbón de Hullas del Coto Cortés, S.A.", a realizar en Cerredo, Asturias.

De conformidad con la propuesta elaborada por la Comisión para la Valoración Técnica de las subvenciones de Minería Energética, el Subsecretario de Industria y Energía, por delegación del titular del Departamento, dictó resolución de 1 de febrero de 1996, concediendo las...

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