SAN, 16 de Diciembre de 1998

PonenteERNESTO MANGAS GONZALEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 4ª
ECLIES:AN:1998:5360
Número de Recurso1032/1996

SENTENCIA

Madrid, a dieciseis de diciembre de mil novecientos noventa y ocho.

VISTO por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

el recurso contencioso-administrativo número 1032/96, promovido por DON Rosendo, representado y asistido por el Letrado Don Alvaro Liniers del Portillo, contra

la desestimación presunta de la solicitud de homologación de título de especialidad médica

formulada por aquél, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por

el Abogado del Estado; cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo con fecha 12 de Septiembre de 1996 y turnado a esta Sección, fue admitido a trámite, reclamándose el expediente administrativo, para, una vez recibido, emplazar a la parte actora a fin de que formalizara la demanda, lo que así hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos, terminó suplicando la anulación de la resolución impugnada, dictando otra en su lugar por la que, estimando la demanda, haya lugar a la equiparación y homologación del título del recurrente al español de Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, sin necesidad de realizar ningún tipo de prueba o examen, con costas a la Administración.

Emplazado el Abogado del Estado para que contestara la demanda, así lo hizo en escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó suplicando una Sentencia desestimatoria del recurso interpuesto y confirmatoria de la resolución impugnada, dada su conformidad a Derecho.

Segundo

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se dio traslado a las partes, por su orden, para conclusiones, señalándose para la votación y fallo el día 9 de Diciembre de 1998, en que tuvo lugar.

VISTOS los artículos legales citados por las partes y demás de general y pertinente aplicación, y siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. ERNESTO MANGAS GONZALEZ Magistrado de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

D. Rosendo alcanzó el título de Especialista en Medicina Física y Rehabilitación, cuyo otorgamiento aprobó con fecha 12 de marzo de 1991 el Consejo de la Facultad de Medicina Humana de la Universidad Nacional "Federico Villarreal", de la República del Perú, siéndole conferido dicho título por el Consejo Universitario con fecha 5 de Junio de 1991. Así lo acredita el Diploma expedido por el Rector de la expresada Universidad con fecha 5 de junio de 1991.

Con fecha de 31 de Marzo de 1993 solicitó aquél del Secretario de Estado de Universidades e Investigación la homologación del mencionado título al correspondiente español.

Sometido el expediente al informe de la Comisión Nacional de la Especialidad, emitió con fecha de 10 de Diciembre de 1993 informe desfavorable, por no aportar documentación sobre su tiempo de formación que sea equivalente al sistema MIR.

Al observar la Subdirección General de Especialidades en Ciencias de la Salud que en el expediente se acreditaba ejercicio profesional posterior específico de la especialidad, prestado en el país de origen o procedencia del título a homologar, remitió de nuevo aquél a estudio de la Comisión Nacional de la Especialidad. que en sesión de 5 de abril de 1994 emite informe favorable para que pueda realizar la prueba teórico-práctica por tener tres años de formación y la compensación con el doble en ejercicio profesional.

En su virtud, el Secretario de Estado de Universidades e Investigación, mediante resolución de 15 de junio de 1994, decidió dejar en suspenso la resolución del expediente hasta que el interesado realizara la prueba teórico-práctica prevenida en la disposición décimotercera, punto 2, de la Orden Ministerial 14 de octubre de 1991.

Con fecha de 14 de agosto de 1996, el interesado solicitó la expedición de Certificación de acto presunto, al haber excedido los plazos establecidos para la homologación. Certificación expedida...

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