SAN, 11 de Octubre de 2006
Ponente | FRANCISCO DIAZ FRAILE |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª |
ECLI | ES:AN:2006:4334 |
Número de Recurso | 761/2004 |
EDUARDO MENENDEZ REXACH FRANCISCO DIAZ FRAILE JOSE LUIS TERRERO CHACON ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
SENTENCIA
Madrid, a once de octubre de dos mil seis.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de
la Audiencia Nacional, ha promovido Dª. Constanza
representada por el Procurador D. CARLOS GOMEZ-VILLABOA Y MANDRI, contra la
Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado, sobre
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado de esta Sección, D.
Francisco Díaz Fraile.
El acto impugnado procede del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y es la desestimación presunta de la reclamación patrimonial.
Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.
Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo, para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones de la parte recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.
Contestada la demanda, finalizado el periodo de prueba y una vez cumplimentado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el 3-10-2006, en el que, efectivamente, se votó y falló.
Se impugna la desestimación presunta de la reclamación patrimonial que la actora dirigió en su día al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos.
La demandante -funcionaria del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con la condición de Catedrática por la especialidad de Geografía e Historia-, que a la sazón estaba destinada en el Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) "San Cristóbal de los Ángeles", participó en el concurso de traslado convocado por Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 5-11- 1998. En la resolución provisional del meritado concurso a la aquí recurrente le fue adjudicada la plaza en el IES "Ramiro de Maeztu", si bien en la resolución definitiva de 15-6-1999 no obtuvo ninguna de las vacantes solicitadas. La sentencia del TSJ de Madrid (Sección Sexta) de 18-10-2002 estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la hoy demandante contra aquella resolución de 15-6-1999 y le reconoció el derecho a ocupar la vacante solicitada en el IES "Ramiro de Maeztu", y ello con las correspondientes consecuencias económicas y administrativas. La antedatada sentencia fue ejecutada por la Administración demandada en mayo de 2003.
Con fecha de 21-11-2003 la actora presentó...
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