SAN, 24 de Octubre de 2006

PonenteFRANCISCO DIAZ FRAILE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2006:4935
Número de Recurso24/2004

EDUARDO MENENDEZ REXACH FRANCISCO DIAZ FRAILE JOSE LUIS TERRERO CHACON ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO DIEGO CORDOBA CASTROVERDE

SENTENCIA

Madrid, a veinticuatro de octubre de dos mil seis.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de

la Audiencia Nacional, ha promovido D. Alejandro representado por el

Procurador D. MIGUEL ANGEL AYUSO MORALES, contra la Administración General del Estado,

representada por el Abogado del Estado, sobre RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Siendo

ponente el Iltmo. Sr. Magistrado de esta Sección, D. Francisco Díaz Fraile.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El acto impugnado procede del Ministerio de Justicia y es la resolución de 14-3-2003.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.

TERCERO

Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo, para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones de la parte recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.

CUARTO

Contestada la demanda, finalizado el periodo de prueba y una vez cumplimentado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el 17-10-2006, en el que, efectivamente, se votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la desestimación de la reclamación indemnizatoria presentada por el hoy demandante el 14-3-2003 ante el Ministerio de Justicia, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos.

SEGUNDO

Los hechos que configuran la causa petendi de la pretensión actora son los siguientes. En el BOE del 11-6-2002 se publicó la Orden JUS/1380/2002, de 30 de abril, por la que se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia. El día 8-3-2003 la aquí parte demandante acudió al correspondiente llamamiento para realizar el segundo ejercicio de la oposición, siendo así que tras acomodarse en el aula correspondiente donde iba a celebrarse la prueba se cayó al suelo al romperse la silla donde estaba sentado debido al mal estado de la misma. A pesar del referido incidente y de las molestias que estaba sufriendo, la recurrente realizó el ejercicio, que finalmente no superó. El mismo día 8-3-2003 fue atendido en urgencias del Hospital Vall d'Hebron, diagnosticándose un esguince cervical y contractura muscular lumbar, siendo dado de alta con pautas médicas de calor local, AINES, relajantes y collarín cervical blando. En la causa se ha practicado una prueba pericial, cuyas conclusiones médico legales son las siguientes -en síntesis-: las lesiones padecidas a consecuencia de la caída sufrida el 8-3-03 consistieron en esguince cervical y contractura muscular lumbar, tardando en curar un total de 82 días, de los que sólo el primer mes lo fue de modo impeditivo; ha quedado como secuela una cervicalgia leve, que se valora en dos puntos.

El aula en que se celebraron los ejercicios de la oposición de referencia pertenecía a la Universidad Politécnica de Cataluña, que había suscrito un convenio de colaboración con el Ministerio de Justicia para la celebración de los procesos selectivos del personal...

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