SAN, 3 de Febrero de 2011

PonenteJESUS CUDERO BLAS
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2011:457
Número de Recurso660/2008

SENTENCIA

Madrid, a tres de febrero de dos mil once.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, ha

promovido Dña. Lucía , representada por la Procuradora doña ALICIA MARTÍN YÁÑEZ, contra

la resolución de la Secretaria de Estado de Educación y Formación de 3 de junio de 2008, por la que se desestimó el recurso de

reposición interpuesto frente a la resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, que denegó la

solicitud de beca para Formación Profesional de Grado Superior Administración y Finanzas para el curso académico 2007/2008

solicitada por la recurrente. Ha sido parte en autos la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del

Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley de la Jurisdicción, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado el 9 de enero de 2009 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anulen las resoluciones recurridas y se reconozca el derecho de la actora a la beca por estudios solicitada.

SEGUNDO.- El Abogado del Estado contestó a la demanda por escrito de 11 de febrero de 2008, en el que solicitó la desestimación del recurso y la confirmación del acto impugnado por ser conforme a Derecho.

TERCERO.- Concluso el proceso, la Sala señaló, mediante providencia, la audiencia del día 25 de enero de 2011 para su votación y fallo, fecha en la que, efectivamente, se votó y falló el recurso.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESUS CUDERO BLAS, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

PRIMERO.- Se impugna en el presente proceso la resolución de la Secretaria de Estado de Educación y Formación de 3 de junio de 2008, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, que denegó la solicitud de beca para Formación Profesional de Grado Superior Administración y Finanzas para el curso académico 2007/2008 solicitada por la recurrente.

Son antecedentes de interés para la solución del caso, a la vista del expediente administrativo y de los documentos que constan en autos, los siguientes:

  1. La recurrente solicitó, con fecha 31 de octubre de 2007, del Ministerio de Educación la ayuda para Formación Profesional de Grado Superior Administración y Finanzas para el período académico 2007/2008, indicando en el impreso de solicitud que cursaría los estudios en el Centro María de Sayas y Sotomayor de la localidad de Majadahonda (Madrid).

  2. Mediante comunicación de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección de fecha 19 de diciembre de 2007 (v. folio 10 del expediente) se informó a la solicitante que "consultada la información de que dispone la Administración, se ha comprobado que es insuficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos económicos establecidos en la convocatoria", otorgando a la peticionaria el plazo de diez días para que se ponga en contacto con la Delegación Provincial de Educación para aportar información acerca "de las rentas obtenidas por su unidad...

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