SAN, 16 de Marzo de 2011
Ponente | CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2011:1077 |
Número de Recurso | 289/2009 |
SENTENCIA
Madrid, a dieciseis de marzo de dos mil once.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha
promovido Covena S.L., y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Rodolfo González García, frente a la
Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico
Administrativo Central de fecha 14 de abril de 2009, relativa a revisión de valor catastral, siendo la cuantía del presente recurso
de indeterminada.
PRIMERO: Se interpone recurso contencioso administrativo por Covena S.L., y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº Rodolfo González García, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 14 de abril de 2009, solicitando a la Sala, declare la revisión del acto impugnado de conformidad con la solicitud.
SEGUNDO: Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.
Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.
TERCERO: Habiéndose solicitado recibimiento a prueba, practicadas las declaradas pertinentes y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día quince de marzo de dos mil once.
CUARTO: En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.
PRIMERO: Es objeto de impugnación en éstos autos la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 14 de abril de 2009, relativa a revisión de valor catastral. Se alega por el recurrente que existe un documento de valor esencial posterior al acto o resolución recurrida, consistente en la estimación de una impugnación interpuesta para modificación de valor catastral de 40 de las 44 entidades en las que fue dividido un edificio.
SEGUNDO: El recurso extraordinario de revisión, que aparece regulado en el artículo 244 LGT (ley 58/2003 ), es un recurso excepcional que cabe contra los actos firmes de la...
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